En agosto de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió su radar sobre las transferencias realizadas a través de billeteras virtuales, incluyendo aquellas efectuadas desde smartphones o plataformas digitales. El nuevo esquema establece un umbral a partir del cual los movimientos dejan de ser considerados de rutina y pasan a generar alertas automáticas para el organismo.
Aunque no impide las operaciones, pone la lupa sobre montos que antes circulaban sin mayores restricciones. Esta estrategia del organismo apunta a reforzar el seguimiento del flujo de dinero digital, promoviendo mayor transparencia y prevención de maniobras irregularidades.
Qué montos controla ARCA en las transferencias de billeteras virtuales en agosto 2025
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Qué contribuyentes de ARCA no pueden utilizar transferencias ni tarjetas de crédito.
Las entidades bancarias y las billeteras virtuales, como Mercado Pago o Ualá, deberán informar sobre los movimientos de sus usuarios cuando estos excedan los topes fijados:
Qué documentación puede solicitar ARCA
Si se superan los montos establecidos, los usuarios deberán enviar por correo electrónico la documentación requerida. Además, el organismo fiscal podrá decidir el cierre de la cuenta y presentar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
Entre los datos que pueden ser solicitados se incluyen: