VTV: cuáles son los requisitos que hay que cumplir para estar exento de pagarla

Si tenes un auto con más de dos años de antigüedad o más de 60 mil kilómetros, debes realizar la VTV pero, ¿correspo de abonarla? Conocé más detalles.

Sin embargo, sucede que muchos conductores desconocen si deben pagar el trámite o no, ya que, hay vehículos que están exentos de abonarla. Ante este escenario, te dejamos cuáles son los requisitos necesarios para estar exento y cuándo te corresponde hacerla.

¿Cuáles son los vehículos que no pagan la VTV

Los vehículos que deben realizar la VTV son aquellos que:

  • Tienen más de dos años de antigüedad o recorrieron más de 60.000 kilómetros.

De todas formas, la provincia de Buenos Aires establece que están exentos del pago del proceso, pero no de la correspondiente inspección, los vehículos destinados a:

  • Servicios municipales
  • Los pertenecientes al cuerpo de bomberos.
  • Aquellos que son propiedad de personas con discapacidades.

¿Cuándo debo hacer la VTV?

El último número de la patente coincide con el mes en el que hay que renovar la VTV. Recordá que quedan al margen los meses de enero y diciembre que serán utilizados para las personas con la oblea vencida. El cronograma de renovación es:

  • Patentes terminadas en 0: vencen el 31 de octubre.
  • Patentes terminadas en 1: vencen el 30 de noviembre.
  • Patentes terminadas en 2: vencen el 28 de febrero.
  • Patentes terminadas en 3: vencen el 31 de marzo.
  • Patentes terminadas en 4: vencen el 30 de abril.
  • Patentes terminadas en 5: vencen el 31 de mayo.
  • Patentes terminadas en 6: vencen el 30 de junio.
  • Patentes terminadas en 7: vencen el 31 de julio.
  • Patentes terminadas en 8: vencen el 31 de agosto.
  • Patentes terminadas en 9: vencen el 30 de septiembre.