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La Justicia ratificó el fallo que le negó la libertad condicional al padre Grassi

La Sala 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Morón validó lo dispuesto por el Tribunal Oral Criminal Nº 1 que le denegó el beneficio pedido por el sacerdote que se encuentra en prisión desde 2009 condenado por abuso sexual.

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  • La Sala 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Morón ratificó el fallo dictado por el Tribunal Oral Criminal Nº 1 que le denegó la libertad condicional al padre Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por el abuso sexual de menores, y seguirá cumpliendo su condena en la cárcel de Campana.

    Fueron los camaristas Diego Matías Grau, Fabián Cardoso y Elisabet Miriam Fernández quienes rechazaron el recurso de apelación planteado por sacerdote, que no tiene abogado y se autorepresenta, y había solicitado acceder al beneficio por haber cumplido ya gran parte de la condena.

    Además, realizó fuertes cuestionamientos al informe del Servicio Penitenciario que no recomendó sus salidas transitorias del Penal 41 de Campana, donde se encuentra alojado.

    grassi

    La Justicia le denegó la libertad condicional al padre Julio César Grassi.

    La Cámara de Apelaciones de Morón fundamentó su decisión al aclarar que el padre Grassi pretende invalidar un documento público, en este caso el informe de la dependencia carcelaria, es por “no compartir interpretaciones producto de valoraciones subjetivas” realizadas por la información recabada por los Grupos de Admisión y Seguimiento (GAyS).

    Por tal motivo, para los camaristas eso “no constituye una base suficiente para plantear su nulidad” y deberían haber demostrado al menos "un vicio objetivo o un error en el procedimiento o en el contenido que afecte su validez de manera directa, y no meras divergencias subjetivas”.

    Cuándo fue condenado el padre Grassi

    El cura Julio César Grassi fue condenado el 10 de junio de 2009 a 15 años de prisión luego de que la Justicia lo considere autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima, reiterado en dos hechos en concurso real entre sí, y corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda.

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