La Justicia condenó por grooming al exgimnasta olímpico Federico Molinari

El exdeportista argentino recibió una pena de un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional por contactar con fines sexuales a una adolescente que entrenaba en su gimnasio de Don Torcuato.

La Justicia de San Isidro condenó al exgimnasta olímpico Federico Martín Molinari a un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional tras encontrarlo culpable del delito de grooming contra una adolescente de 16 años que asistía como alumna al gimnasio que dirigía en la localidad de Don Torcuato.

Según informó TN, la sentencia fue firmada por la jueza Mariela Quintana, quien además ordenó que durante dos años fije residencia, permanezca bajo supervisión del Patronato de Liberados y complete un tratamiento psicológico con perspectiva de violencia de género.

La investigación estuvo encabezada por el fiscal Gonzalo Acosta, a cargo de la Fiscalía Especializada en Delitos Conexos a la Trata de Personas, Pornografía Infantil y Grooming de San Isidro, mientras que la acusación en el juicio fue sostenida por la fiscal Gabriela Conde y la abogada María Emilia García Márquez.

La denuncia fue presentada en marzo de 2023 por la madre de la adolescente, oriunda de Mendoza, quien afirmó que Molinari le enviaba mensajes inapropiados mediante Instagram mientras la joven residía en Buenos Aires para entrenarse en gimnasia de alto rendimiento, un proyecto deportivo que finalmente quedó truncado.

En abril de 2025, el fiscal Acosta solicitó la elevación de la causa a juicio al considerar que existían pruebas suficientes para imputar al exdeportista por el delito previsto en el artículo 131 del Código Penal, que sanciona la captación de menores por medios digitales con fines sexuales.

"Desde el primer día, lo único que buscó la víctima fue contar lo que le había sucedido para que ninguna otra niña tuviera que atravesar una situación similar en la búsqueda de cumplir un sueño. Su valentía hizo posible que hoy exista una condena y que este caso contribuya a generar conciencia", expresó García Márquez tras conocerse el veredicto.

El abogado de la víctima aseguó que "la pena no resulta suficiente"

"Si bien entendemos que la pena impuesta no resulta suficiente frente a la magnitud del daño ocasionado, estamos conformes con haber obtenido un fallo condenatorio que reconoce la existencia del delito y la responsabilidad penal de Federico Molinari. Fueron años de espera y un proceso muy difícil para la víctima y su familia. Esta sentencia representa un acto de justicia, valida su palabra y envía un mensaje claro: el grooming tiene consecuencias y quienes lo cometen deben responder ante la Justicia", agregó.

La representante legal de la joven también cuestionó la actuación de las entidades vinculadas a la gimnasia deportiva y sostuvo: "Este caso también dejó al descubierto la preocupante pasividad de los organismos de contralor de la gimnasia deportiva. Cuando tomaron conocimiento de los hechos, la respuesta no estuvo a la altura de la gravedad de la situación".

Además, remarcó que "las instituciones que trabajan con niños, niñas y adolescentes tienen la obligación de actuar de manera inmediata frente a cualquier indicio de violencia o abuso, conforme a los protocolos de actuación vigentes para la prevención y el abordaje de estas situaciones".

Hernán Navarro, director de fundación Grooming Argentina: "Estos delitos no responden a un perfil determinado"

Por su parte, Hernán Navarro, director ejecutivo de la fundación Grooming Argentina, destacó el alcance del fallo y afirmó: "Este caso vuelve a demostrar que estos delitos no responden a un perfil determinado. El agresor puede estar en cualquier ámbito: el deporte, la educación, la cultura, las organizaciones religiosas o cualquier espacio donde exista un vínculo de confianza con niños, niñas y adolescentes".

Al mismo tiempo, planteó la necesidad de revisar las penas previstas para este tipo de delitos al señalar: "Es necesario discutir si las escalas de pena reflejan verdaderamente el daño profundo y duradero que este delito provoca en niños, niñas y adolescentes. Hoy, en la práctica, las condenas por grooming suelen traducirse en penas de ejecución condicional cuando el hecho se juzga de manera aislada y no concurren otras circunstancias agravantes".

En ese sentido, concluyó: "Esto genera una percepción de escasa respuesta frente a una modalidad de violencia sexual de enorme impacto. Si queremos proteger realmente a las infancias, también debemos revisar si el sistema penal está dando una respuesta acorde con la gravedad de estos hechos".

Navarro cerró con una definición sobre este tipo de delitos y sostuvo: "El grooming es, en esencia, un secuestro emocional: una modalidad de violencia sexual sin contacto físico, basada en la manipulación psicológica y la construcción de un vínculo de confianza para ejercer control sobre niños, niñas y adolescentes".

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