El fiscal en lo Criminal y Correccional Federal 1, Ramiro González, y su colega Alejandra Mángano, de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), dieron por concluida la etapa de instrucción y solicitaron al juez federal 7 de la Capital Federal, Sebastián Casanello, su elevación a juicio oral.
De los diez imputados, nueve están acusados de los delitos de asociación ilícita (dos de ellos en calidad de jefes, uno como organizador y los seis restantes como miembros) y de trata de personas agravada por haber mediado engaño, violencia, intimidación y coerción, por el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad, por haber sido perpetrada contra más de tres víctimas, una de ellas embarazada, y por haberse consumado la explotación en cuatro oportunidades. Al décimo integrante, sólo le atribuyeron una participación secundaria del delito de trata.
Según el requerimiento de los fiscales -al que accedió C5N-, la banda funcionó entre marzo de 2020 y septiembre de 2023, y si bien se infiere que hubo más víctimas -que no denunciaron-, en esta causa se estableció que captó a cuatro mujeres jóvenes en situación de vulnerabilidad con la finalidad de explotarlas sexualmente mediante la producción de fotos y transmisiones en vivo de contenido sexual para comercializarlas vía streaming a través de distintas plataformas de “sexcam” o “webcam”.
Todo se inició en 2021 con una denuncia de una ONG que asistió a un grupo de mujeres que denunció la explotación sexual, luego de haber participado como “modelos webcam” de la empresa “Argentina Studios”.
La captación
Las víctimas contaron en el expediente que los implicados realizaban un ofrecimiento económico inicial, pero luego les prometían una ganancia mensual de entre 600 y 1.000 dólares “como mínimo”, si pasaban frente a la cámara ocho horas diarias -con 30 minutos de descanso-, seis días a la semana.
En este ofrecimiento inicial que usaban como carnada, incluso les decían que no necesariamente tenían que producir contenido erótico, sino que podían “hablar, bailar o hasta tocar la guitarra”.
La oferta laboral engañosa incluía slogans como “sé parte de esta empresa, no lo sueñes, vivilo”, y más allá de dinero, también les prometían “fama”.
Pero cuando firmaban contrato y ya ingresaban a la “empresa”, se encontraban con otro panorama: las grabaciones, fotografías y temáticas del set de transmisión eran establecidas por el personal del estudio.
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Las computadoras incautadas durante la investigación.
“Si el cliente lo paga, debés hacerlo”
La organización contaba con un área administrativa -se encargaba del reclutamiento y los pagos-, y luego actuaban los “coachs” capacitadores, quienes obtenían información personal de cada víctima y detectaban sus miedos y vulnerabilidades, para luego utilizarlos en su contra.
A su vez, ellos les asignaban un seudónimo o “personaje” para identificar su perfil en las plataformas, y el hotel o estudio donde realizaban las transmisiones.
Luego, en la estructura criminal, estaban los “monitores”, quienes controlaban de manera rigurosa las transmisiones de las modelos, imponiéndoles qué debían hacer frente a la cámara y restringiendo su libertad de acción.
Según los fiscales, en la práctica, se excedía ampliamente el requisito del erotismo y las chicas eran obligadas a escenas de sexo explícito durante las trasmisiones. “Si el cliente lo paga, debés hacerlo. Y más, si sos nueva”, era una de los lemas de los explotadores.
En cuanto al material pornográfico que se producía, los fiscales explicaron que esas “imágenes y videos quedaban bajo el dominio exclusivo de los ‘estudios webcam’ por lo que no solo las comercializaban una y otra vez sin ningún tipo de control, sino que también las podían usar para extorsionar a las víctimas con su difusión”.
Si bien los estudios contaban con alta tecnología para llevar a cabo las transmisiones, las víctimas denunciaron que no contaban con agua caliente, ni calefacción, por lo que padecían estar en ropa interior o desnudas en época invernal o bañarse con agua fría tras hacer algún show en el que vertían sobre sus cuerpos aceites u otros líquidos.
Alcohol, drogas, sanciones y un aborto
Los fiscales González y Mángano remarcaron en su requisitoria que, para sostener el sometimiento de las víctimas, los imputados las denigraban con insultos, las incitaban a consumir alcohol y estupefacientes, y las endeudaban con la organización a modo de “inversión”, exigiéndoles la compra de lencería, indumentaria, cremas y vibradores, cuyo valor en dólares era descontado de sus ingresos.
También tenían un régimen de sanciones con multas en dólares por inasistencias, llegadas tarde, demoras en el baño, negarse a la realización de alguna producción, el uso del teléfono celular e, incluso, por alimentarse.
La explotación no se limitaba solo al negocio de las “sexcam”, sino que incluyó en algunos casos “encuentros sexuales presenciales/pases” con personas del entorno de la organización.
En otra imputación gravísima, los fiscales le atribuyeron a uno de los acusados -que tenía el rol de “monitor”-, el haber sometido a una de las víctimas a un aborto, sin su consentimiento, y a transmitirlo vía streaming con el propósito de incrementar las ganancias de la organización.
En el dictamen, González y Mángano sostuvieron que “la finalidad buscada en la captación, traslado, recepción y acogimiento fue la posterior explotación sexual, entendiéndose al ‘sexo virtual’ o ‘modelaje sexcam’ -eufemismo que se utiliza en la actividad-, como otra forma de oferta de servicios sexuales ajenos, cuyo único propósito era la obtención de ganancias económicas producto del material producido por las víctimas”.
Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, en este caso se puede hablar de "explotación sexual de mujeres en entornos virtuales".
Y concluyeron que “las víctimas aquí identificadas sufrieron violencia en razón de su género, la comisión de delitos contra su integridad sexual, degradaciones y humillaciones de todo tipo, que fueron corroboradas a lo largo de toda la investigación”.