Decretan feriado para el viernes 2 de enero y habrá fin de semana súper largo: a qué se debe

La medida vuelve a poner en el centro del debate el impacto de estos descansos extendidos en la economía y en la planificación de actividades.

  • El 2 de enero no será feriado nacional, sino un asueto provincial. La medida rige únicamente en Tucumán.
  • Beneficia a trabajadores de la Administración Pública Provincial y Comunas Rurales.
  • Permite un descanso de hasta 10 días seguidos para empleados estatales.
  • En el sector privado, la aplicación queda a decisión de cada empleador.

El inicio de 2026 llegará con una novedad que genera expectativas entre muchos trabajadores: el viernes 2 de enero fue declarado feriado para determinados sectores. Aunque la noticia despertó interés a nivel general, es importante aclarar que no se trata de uno de los Feriados nacionales, sino de una disposición puntual que beneficia solo a un grupo específico.

La disposición responde a una decisión administrativa y sectorial, que alcanza únicamente a determinados trabajadores. La diferencia vuelve a poner el foco en la importancia de revisar comunicados oficiales, resoluciones y convenios laborales para saber si el viernes 2 de enero será efectivamente feriado, día no laborable o una jornada normal de trabajo según cada sector.

Por qué será feriado el 2 de enero y quiénes lo podrán disfrutar

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El viernes 2 de enero no será feriado en todo el país, sino que se aplicará como asueto administrativo en la provincia de Tucumán, beneficiando únicamente a determinados sectores. La medida fue dispuesta por el gobernador Osvaldo Jaldo, quien firmó esta semana el Decreto N.º 3.935/1.

Gracias a esta decisión, los trabajadores estatales tucumanos podrán contar con un período de descanso extendido que, al combinarse con los feriados de Navidad y Año Nuevo, alcanza hasta 10 días consecutivos. El esquema incluye los días 24, 25 y 26 de diciembre, el 31 de diciembre, el 1 de enero y el viernes 2, configurando un descanso prolongado poco habitual en el calendario oficial.

Cuáles son los feriados inamovibles y trasladables en 2026

Feriados inamovibles

  • Jueves 1° de enero: Año Nuevo - marca el inicio del calendario anual con descanso garantizado para todos los trabajadores del país
  • Lunes 16 de febrero: Carnaval - primera jornada del tradicional doblete de celebraciones carnestolendas
  • Martes 17 de febrero: Carnaval - segunda jornada que completa el fin de semana largo más extenso del verano
  • Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia - conmemoración de carácter histórico y político
  • Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas - homenaje a los combatientes del conflicto del Atlántico Sur
  • Viernes 3 de abril: Viernes Santo - fecha religiosa central del calendario católico que coincide con Semana Santa
  • Viernes 1° de mayo: Día del Trabajador - conmemoración internacional de los derechos laborales
  • Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo - celebración del hito independentista de 1810
  • Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano - homenaje al creador de la bandera nacional
  • Jueves 9 de julio: Día de la Independencia - fecha patria central que conmemora la declaración de independencia de 1816
  • Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María - festividad religiosa mariana
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad - celebración tradicional de fin de año que naturalmente genera fin de semana largo

Feriados trasladables

  • Miércoles 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes - homenaje al héroe de la guerra gaucha en el norte argentino
  • Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín - conmemoración del Libertador de América que naturalmente genera puente
  • Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural - fecha que reemplazó la antigua celebración del Día de la Raza
  • Viernes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional - conmemoración de la Batalla de Vuelta de Obligado trasladada desde su fecha original

Feriados con fines turísticos

  • Lunes 23 de marzo
  • Viernes 10 de julio
  • Lunes 7 de diciembre
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