En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se hicieron modificaciones con respecto a las multas. Así, comenzó a regir una baja del Artículo 15 del Código de Tránsito, con lo cual muchas multas son inválidas hoy.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se hicieron modificaciones con respecto a las multas. Así, comenzó a regir una baja del Artículo 15 del Código de Tránsito, con lo cual muchas multas son inválidas hoy.
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En su momento, la Unidad Administrativa de Control de Faltas impuso una sanción económica a la empresa Los Mana SA, por un monto de 65 unidades fijas (UF), que al valor actual se eleva a $66.898. Posteriormente, el abogado de la empresa planteó que las acciones podrían "prescribir" debido a una contradicción entre el artículo 15 de la ley 451 y el artículo 65, inciso 4 del código penal.
Según lo dispuesto en el artículo 15 del Código de Tránsito, las multas prescriben después de transcurrir un período de cinco años.
La jueza a cargo del caso, Karina Andrade, del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas N°15, determinó que las acciones relacionadas con las infracciones de tránsito habían prescrito y absolvió a la empresa del pago. Andrade basó su decisión en el hecho de que el Código de Faltas establece un plazo de prescripción de cinco años, mientras que el Código Penal establece un plazo de dos años para las multas.