El gobierno italiano anunció un acuerdo que beneficiará a todos los argentinos que quieran tramitar la ciudadanía de ese país. La novedad es que aceptarán actas digitales emitidas a partir de abril del 2019 para avanzar con el trámite.
El gobierno italiano anunció un acuerdo que beneficiará a todos los argentinos que quieran tramitar la ciudadanía de ese país. La novedad es que aceptarán actas digitales emitidas a partir de abril del 2019 para avanzar con el trámite.
El embajador argentino en Italia, Roberto Carlés, anunció que esta medida se dio luego de una reunión que se mantuvo dos meses atrás con el ministro del Interior, Wado de Pedro, y su par italiana, Luciana Lamorgese. La confirmación se dio en su cuenta de Twitter vía un comunicado publicado.
“De conformidad con lo acordado en la reunión mantenida el pasado 11 de mayo, y de acuerdo con lo convenido por el ministro De Pedro, la Agenzia per l’Italia Digitale (AGID) evaluó los aspectos técnico-jurídicos de la cuestión respecto de la conformidad de las actas digitales argentinas", detalla el posteo que subió Carlés.
Las actas emitidas de esa fecha (15 de abril del 2019), “deberán requerir una nueva apostilla o la certificación de la validez de las actas, al consulado argentino que corresponda”, según el comunicado.
En la reunión señalaron que “estudiaron la problemática sobre la legalización de los certificados de estado civil en formato digital presentados por los argentinos en los ayuntamientos italianos para obtener la ciudadanía por descendencia”.
Tener un pariente de origen Italia posibilita que miles de argentina puedan tener la doble nacionalidad que, entre otras cosas, permite acceder a un pasaporte que habilita a viajar sin mayores trabas a Italia y a la Unión Europea.
Las solicitudes deben realizarse en el consulado italiano correspondiente al lugar donde vive el solicitante, en cualquier país del mundo del que sea residente. El trámite de la ciudadanía italiana es gratuito y puede hacerlo cualquier persona sin intermediarios. El problema es la disponibilidad de turnos.
Se deben presentar las actas de nacimiento, matrimonio y defunción, según corresponda, tanto del antepasado como de cada uno de sus descendientes hasta llegar al solicitante de la ciudadanía. Es importante aclarar que, sin esas actas, no se puede iniciar el trámite.