Ayer, la Cámara de Diputados dio sanción definitiva a una reforma de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial que extiende la vigencia de los carnets de conducir a 10 años, contados desde la fecha de emisión de las nuevas licencias.
La Cámara de Diputados aprobó una ley que amplía la vigencia de los registros. Además, el Gobierno planea implementar otros cambios en el país.
Ayer, la Cámara de Diputados dio sanción definitiva a una reforma de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial que extiende la vigencia de los carnets de conducir a 10 años, contados desde la fecha de emisión de las nuevas licencias.
Esta medida representa un alivio administrativo para el futuro, ya que se aplicará también de manera retroactiva a las licencias ya emitidas.
En Mendoza, los conductores de autos y otros vehículos ya no tendrán que renovar el registro cada 5 años. Según la nueva ley, las licencias tendrán diferentes periodos de validez según la edad del titular:
Además, con la nueva ley en Mendoza, los conductores mayores de 65 años no estarán obligados a rendir una prueba de manejo al renovar su licencia, salvo que exista una indicación médica o hayan pasado más de 12 meses desde su vencimiento.
Esta modificación amplía el tiempo de vigencia del registro en comparación con la normativa anterior. A nivel nacional, la legislación establece una renovación cada 5 años, con algunas variaciones provinciales y distritales.
En la Ciudad de Buenos Aires (CABA), la vigencia de la licencia es de hasta 10 años para menores de 39 años, con una reducción gradual según la edad.