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Ya rige la veda electoral para las PASO que se celebrarán el domingo

Finalizó el tiempo para realizar las campañas y publicidades electorales de los precandidatos de todas las fuerzas políticas. No se pueden realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

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  • A tan solo 48 horas del comienzo de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), los precandidatos de todas las fuerzas políticas ya no pueden realizar campañas y publicidades electorales. Tampoco podrán realizar actos públicos, proselitismo, publicar, difundir encuestas y sondeos preelectorales.

    Sin embargo, la mayoría de las campañas políticas terminaron el pasado miércoles por la tarde, cuando varios precandidatos decidieron cancelar sus actividades después el asesinato de Morena, la nena de 11 años que murió tras ser atacada por motochorros en Lanús.

    Según lo que establece el Código Electoral, el día de la elección se prohíbe publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.

    Además, el artículo 71 del Código Electoral, se establece que la veda electoral "debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral".

    "Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral", sostiene. Entre las actividades que contempla la veda, se encuentra la prohibición de realizar actos de campañas por parte de los precandidatos presidenciales.

    ¿Qué pasa si no voy a votar?

    Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" es de 2 meses a 2 años de cárcel, mientras que a quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión".

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    Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.

    La misma multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin. En tanto, si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años.

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