Este viernes, el Gobierno hizo oficial la promulgación de la reforma laboral. El proyecto se hizo ley la semana pasada tras una maratónica sesión y esta mañana fue publicado en el Boletín Oficial.
El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral este viernes. La normativa introduce modificaciones en indemnizaciones, despidos, licencias, vacaciones, horas extras e impuestos.
Este viernes, el Gobierno hizo oficial la promulgación de la reforma laboral. El proyecto se hizo ley la semana pasada tras una maratónica sesión y esta mañana fue publicado en el Boletín Oficial.
El texto de la Ley de Modernización Laboral fue publicada con un total de 25 capítulos. Para conseguir el voto de sus aliados, la mesa política del Gobierno decidió eliminar el polémico artículo 44, que trataba sobre el régimen de licencias médicas. La norma original establecía que, en licencias por enfermedad o accidentes no laborales, los trabajadores podrían percibir entre el 50% y el 75% del salario, dependiendo del caso.
Uno de los cambios más importantes que plantea el proyecto tiene que ver con las indemnizaciones por despido, ya que modifica la base de cálculo de la indemnización por antigüedad. Solo se considerará la remuneración mensual devengada y pagada en cada mes calendario, y quedan excluidos conceptos no mensuales como el aguinaldo, vacaciones y premios extraordinarios.
Entre las restantes modificaciones, la nueva normativa incorpora un banco de horas de carácter voluntario para compensar horas extraordinarias con la posibilidad de descanso, también habilita el fraccionamiento de vacaciones por acuerdo entre las partes con un mínimo de 7 días corridos y prevé la creación optativa de un Fondo de Cese Laboral como alternativa para atender desvinculaciones.
“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026″, indica el texto oficial.