ver más

Revés judicial para Mariano Macri: suspenden el fallo que obligaba a Santiago O'Donell a entregar grabaciones

Lo jueces Rosatti, Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti decidieron dar lugar a la queja que presentó el periodista.

Por
  • Agregar C5N en
  • La Corte Suprema de Justicia decidió este jueves suspender los alcances del fallo que obligaba al periodista Santiago O'Donell a entregar las grabaciones de las charlas con Mariano Macri para su libro “Hermano”. El periodista presnetó ante el Supremo Tribunal un recurso de queja en la cual cuestionaba la decisión del del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 6.

    Tras la publicación del libro que revelaba el entramado político y del poder y los negocios de la familia Macri, el empresario se presentó ante la justicia civil a fines del 2020 para conseguir las grabaciones de las charlas que tuvo con el periodista. En febrero del 2021, la jueza Susana Margarita Gastaldi decidió que O'Donell debía entregar todos los audios de las entrevistas realizadas o sería multado de manera diaria hasta el momento de la entrega.

    Contra eso, el periodista y sus abogados interpusieron un recurso, que les fue denegado. Por eso, llegaron hasta la Corte con un recurso “de queja”, la última posibilidad disponible para cuestionar la medida.

    Hace dos semanas, los abogados insistieron ante el Supremo Tribunal para que intervenga en el expediente “ante la inmediata ejecución, cierta y concreta, de la orden de entregar el material de investigación periodístico no publicado bajo apercibimiento de multa, secuestro o allanamiento”.

    Retomaron lo que habían dicho en su escrito de queja sobre “la trascendencia de los derechos en juego y la no reparabilidad de consumarse” la situación, a lo que le sumaron “razones de orden institucional o de interés público”. Por eso, reiteraron su pedido de suspender los plazos para que el juzgado civil no avance.

    Ante estas presentaciones, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti resolvieron que “los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, podrían, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal”. Citaron entonces el artículo 14 de la ley 48 donde se establece la competencia de los tribunales y cuándo puede intervenir la Corte Suprema.

    “Eventualmente, la decisión recurrida podría generar un perjuicio de imposible reparación ulterior, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto”, aclararon. Por este motivo, y sin meterse en la discusión aún sobre la libertad de expresión y el derecho a la preservación de la fuente, aceptaron el recurso de queja y dispusieron “la suspensión del procedimiento de ejecución'' del fallo dictado por el juzgado civil.

    TEMAS RELACIONADOS

    últimas noticias

    Aumentan colectivos, subte y peajes el 1° de junio: todas las nuevas tarifas

    Hace 6 minutos

    El hijo boxeador de Pampita y Vicuña tuvo su primera pelea: la reacción de su madre

    Hace 26 minutos

    Estuvo en la derrota de Argentina ante Arabia Saudita en 2022 y ahora se volvió viral por un insólito motivo para el 2026: quién es

    Hace 41 minutos

    Este valle cordobés fue uno de los más elegidos en el inicio del 2026 y es perfecto para visitar

    Hace 53 minutos

    Empieza la ilusión del Mundial 2026: la Selección partió rumbo a Estados Unidos

    Hace 1 hora