Reforma laboral: la Justicia dejó sin efecto el fallo que suspendía la implementación y vuelve a regir la ley

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dio lugar a la presentación del Gobierno y dejó sin efecto la medida dictada por el juez Ojeda. De esta manera, la ley volvió a entrar en vigencia.

El Ministerio de Capital Humano informó este jueves que la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó el fallo judicial que había suspendido la implementación de la reforma laboral. De esta manera la ley volvió a entrar en vigencia.

“No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. Viva la libertad carajo", celebró el presidente Javier Milei en su cuenta de X minutos después de la decisión de la justicia.

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El conflicto judicial se había iniciado por una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT), que pidió frenar la aplicación de 82 artículos de la ley 27.802, sancionada y publicada en el Boletín Oficial a comienzos de marzo. El juez Raúl Horacio Ojeda había hecho lugar al planteo el 30 de marzo, suspendiendo esos puntos y abriendo el camino para la apelación oficial.

En su argumentación, la Cámara sostuvo que existe un criterio específico para estos casos: cuando una cautelar interrumpe la aplicación de una ley, la apelación debe tramitarse con efecto suspensivo, salvo excepciones. Según los camaristas, esas condiciones excepcionales no aparecen, al menos en esta etapa inicial del expediente.

También subrayaron el peso institucional de la norma, al tratarse de una ley sancionada por el Congreso, lo que le confiere una “máxima legitimidad democrática”. En esa línea, consideraron que corresponde que un tribunal colegiado revise la validez de la cautelar sin que la ley quede suspendida en el ínterin.

El impacto de la decisión es inmediato: los artículos objetados vuelven a tener vigencia mientras continúa la discusión judicial. Así, se modifica el escenario que había quedado planteado tras el fallo de primera instancia, que había congelado parcialmente la aplicación de la reforma.

Entre los puntos que habían sido frenados figuran cambios en indemnizaciones por despido, nuevas modalidades de contratación, la implementación del banco de horas, el fraccionamiento de vacaciones y límites a los aportes sindicales. Desde la CGT sostienen que varias de esas disposiciones afectan derechos protegidos por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

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NOTA EN DESARROLLO.-

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