Reforma laboral: el Gobierno cambió por decreto el cálculo de contribuciones a los sindicatos

La medida, oficializada en el Boletín Oficial, lleva las firmas de Javier Milei, Diego Santilli y Sandra Pettovello. Fue confirmada tras una serie de diálogos de la administración libertaria con la CGT.

El Gobierno modificó el régimen de aportes de financiamiento de los gremios y excluirá las horas extras, los bonos, el aguinaldo y otros conceptos del cálculo de aportes de los trabajadores. La medida fue oficializada luego de una serie de diálogos de la administración libertaria con la Confederación General del Trabajo (CGT).

El decreto 612/2026, firmado por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Diego Santilli; y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, modifica el decreto 199/88 y agrega: "La base de cálculo prevista en el párrafo precedente comprende, además del salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador, las sumas remunerativas normales y habituales de frecuencia de pago mensual de origen convencional".

En tal sentido, aclara los ítems que no se considerarán para las retenciones. "No integrarán la base de cálculo los conceptos que no constituyan retribuciones normales, habituales y de percepción mensual correspondientes a la categoría convencional del trabajador, tales como premios, bonos, participación en las ganancias, horas extras, sueldo anual complementario, plus vacacional, sumas no remunerativas y todo otro concepto, cualquiera fuere su naturaleza jurídica, origen o denominación, que no se abone en forma normal, habitual y mensual", señala la disposición.

Javier Milei y Sandra Pettovello.

Javier Milei y Sandra Pettovello.

Con la nueva disposición, solo se tomarán en cuenta el haber básico y los adicionales habituales de cada mes. De esta manera, todo lo que exceda el recibo de sueldo común quedará fuera del alcance de las deducciones. El decreto no elimina el tope del 2% de las contribuciones fijado por la Ley 14.250, sino que cambia la base salarial sobre la cual se aplicará ese límite.

En tanto, otro punto del decreto marca que desde ahora las contribuciones patronales a favor de los sindicatos acordadas en los convenios colectivos quedarán bajo la órbita del "artículo 9° de la Ley N° 23.551 y sus modificaciones y sus normas reglamentarias".

El abogado de la CGT explicó el alcance del decreto

El letrado de la CGT, Gustavo Ciampa, analizó la normativa del Gobierno: "La mal llamada Ley de Modernización Laboral estableció en su momento que las contribuciones solidarias no pueden superar el 2% de las remuneraciones. Después salió un decreto reglamentario con una redacción confusa que estableció que ese 2% se calculaba sobre el salario básico de convenio, lo cual cambia porque la remuneración, tal como decía la ley para utilizar como parámetro del tope, no es solo el salario básico y también es adicionales y todo lo que se pague como contraprestación por el trabajo".

"Entonces, eso puso el grito en el cielo porque hay muchas actividades en las que el salario básico es muy inferior al salario que cobran los trabajadores porque tienen muchos adicionales. Esto llevó a que hubiera acciones judiciales y que en dos o tres casos la Justicia frene la aplicación de la ley y el decreto", agregó en diálogo con C5N.

En este marco, se refirió a los cambios en el nuevo decreto: "Esto trata de minimizar el abuso del decreto anterior, ampliando el concepto de remuneración a los efectos del tope. Ahora aclara que no es solo el salario básico, sino también todos los otros conceptos derivados del convenio colectivo de trabajo. Además, excluye algunas otras cosas como premio, bono, horas extras, sumas no remunerativas. Todo lo que no se abone de forma habitual y mensual".

Advierten que el decreto podría judicializarse

Por su parte, el abogado laboralista Nahuel Altieri alertó que podrían registrarse presentaciones judiciales en contra de la normativa: "El decreto solo deja dentro lo que cobra el trabajador en forma mensual y regular. Esto colisiona con el convenio 95 de la OIT y con fallos de la Corte, entre ellos Pérez Condisco y la reforma laboral dice que los jueces laborales tienen la obligación de seguir los fallos de la Corte Suprema. Es decir, con un buen planteo y dependiendo del juez, se podría obtener una sentencia que contradiga esto".

En este marco respondió a la consulta de C5N sobre qué ocurrirá con los aportes de los empleados que cobran un sueldo mayor a su salario básico. "Son dos cosas distintas. Una cosa es la base para el cálculo y la otra es lo remunerativo o lo no remunerativo. Lo que se considera remunerativo va con aportes. Lo que se considera no remunerativo no paga aportes. Por ejemplo, los viáticos son no remunerativo y no tiene impacto en el pago previsional", aclaró.

TEMAS RELACIONADOS