El Gobierno envió al Congreso el proyecto "Contra el fraude de pensiones por invalidez" que modifica la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad N°27.793 para establecer un reempadronamiento obligatorio, modificar el financiamiento de las prestaciones y eliminar derechos de trabajadores con discapacidad.
Qué plantea la nueva Ley de Discapacidad que envió el Gobierno al Congreso
El proyecto ingresó por el Senado y provocó un refuerzo de la convocatoria a marchar este miércoles al Ministerio de Salud por el cumplimiento de la Emergencia en Discapacidad.
Las propuestas de la gestión de Javier Milei, con Mario Lugones al frente del Ministerio de Salud, generaron repudio en personas con discapacidad y su entorno. La actriz Lola Berthet advirtió en C5N que "el objetivo es que la gente con discapacidad se muera, que no tenga dignidad ni derechos".
"Para este Gobierno, una persona con discapacidad no produce. Si este proyecto avanza, nos hunde a todos. No tiene ni que tratarse, el rechazo tiene que ser absoluto", pidió la madre de Juan, un niño con autismo.
Este miércoles a las 11 las personas con discapacidad y sus entornos, en general sus familias, marcharán hasta el Ministerio de Salud bajo el lema "La discapacidad no puede esperar".
Qué plantea la nueva Ley de Discapacidad impulsada por el Gobierno
El eje central de la ley está en el empadronamiento obligatorio de todos los titulares de pensiones por discapacidad. Los destinatarios deberán acreditar nuevamente su condición médica, situación socioeconómica y antecedentes laborales. De no hacerlo, la pensión sería suspendida de forma automática.
La norma contempla que "el incumplimiento de los plazos y requisitos del reempadronamiento dará lugar a la suspensión y posterior baja del beneficio".
Aún cumpliendo ese paso, la información proporcionada será fiscalizada a partir de un cruce de datos con ANSES, ARCA, SINTyS y otros organismos públicos. Ante casos dudosos, suspenderán igual la pensión de forma "preventiva".
A su vez, la derogación de los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la Ley Emergencia Nacional en Discapacidad N°27.793 la dejaría sin efecto y retrotraería la situación a meses atrás. El Gobierno ya no tendría la obligación de aplicarla y cumplirla.
El nuevo sistema fija el monto de la pensión no contributiva en el 70% del haber mínimo jubilatorio, pero elimina la posibilidad que tiene el Ejecutivo para otorgar aumentos en concepto de invalidez laboral y de zona geográfica desfavorable.
En cuanto a los montos, ata su evolución al haber mínimo jubilatorio y, en el caso de los aranceles de las prestaciones, se ajustan trimestralmente o por IPC en caso de demoras, y se incorpora una compensación de emergencia vinculada también al IPC para prestadores. Con la ley todavía vigente, la actualización estaba atada al IPC y se realizaba de forma mensual.
De forma regresiva, el proyecto establece la "incompatibilidad absoluta" de las pensiones con cualquier trabajo formal o inscripción en regímenes laborales. Así que las personas con discapacidad que trabajen de forma registrada perderán su pensión. Además de eliminar los programas de inclusión de las personas con discapacidad como a la promoción de programas de reconocimiento de empresas.
Además, el texto autoriza convenios entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración y distribución de fondos. De esta manera, elimina virtualmente el nomenclador y desregula la negociación por obra social o prepaga.
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