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La reforma laboral del radicalismo: nos seguimos quedando cortos

Un análisis y resumen de la reforma laboral que impulso los senadores del bloque de la UCR. A su vez deroga el articulo 1 de la ley 25.323 y modifica de la ley de empleo los arts. 8,9,10,11 y el art. 16.

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  • De la mano del presidente del bloque del Senado de la UCR, se impulsó una reforma laboral muy distante al capitulo IV del DNU 70/2023 del PEN que duerme en la vocalía de la CSJN. Esta reforma laboral de la UCR modifica solo dos leyes del mercado laboral (20.744 y 24.013) y deroga el artículo 1 de la ley 25.323.

    En lo que refiere a la ley de contrato de trabajo (20.744), modifica los arts. 80, 124, 276, 92Bis y el articulo 245.

    En lo que tiene que ver con la ley de empleo, la famosa ley de multas ley 24.013, deroga el artículo 15 de dicha ley donde duplica los rubros indemnizatorios antes las situaciones de empleo en negro, registración parcial o fecha falsa de inicio de la relación laboral confirmada mediante sentencia judicial firme.

    A su vez deroga el articulo 1 de la ley 25.323 y modifica de la ley de empleo los arts. 8,9,10,11 y el art. 16.

    En este sentido, los artículos 8,9,10 actualmente dicen que, ante una falta de registración, total o parcial o fecha falsa de ingreso, se aplica el 25% por cada mes que se incumple. Con la reforma que estamos analizando, reduce este aporte a un mes de remuneración por cada año que se incumple con la debida registración (estar en negro), medio mes de sueldo por año en caso de registración parcial; y el 8% por cada mes de los meses que estaba no registrado hasta la fecha de alta.

    En cuanto a la aplicación de las multas, actualmente los percibe, en efectivo, el dependiente con sentencia firme. Con esta reforma el único destino será la historia laboral del dependiente en la AFIP y no se perciba más en efectivo.

    Nos seguimos quedando cortos, como aclare con la reforma laboral del PEN que se quedaban cortos, con esta mini reforma, mas corto se sigue quedando el mercado laboral y la legislación del trabajo que, urgente y necesario, necesita actualizar su normativa y llevarla a la era de la cuarta revolución industrial.

    Por último, también lo aclare, estas reformas laborales son muy necesarias y urgentes para tener una legislación del trabajo y un mercado solido y seguro, pero lo único que lograran es, quizás, reducir los índices de litigiosidad, siniestralidad laboral y comprimir un poco la relación dispar entre empleadores y dependientes, ambos laburantes del sistema laboral argentino, pero sin una reforma tributaria que quite el pie de la cabeza de los empleadores, únicos generadores de empleo privado en le país, seguiremos, como los últimos 20 años, sin generan empleo y con los 6 millones de dependientes privados para siempre.

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