Javier Milei firmó un DNU para expulsar a extranjeros que "inciten al odio" contra la Argentina

El decreto modifica la Ley de Migraciones para prohibir el ingreso y la permanencia de aquellos ciudadanos extranjeros que "inciten a la violencia contra el pueblo argentino" o "ultrajen los símbolos patrios nacionales". "Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país", afirmó el Gobierno.

Tras el impacto en redes sociales de la llamada "campaña antiargentina", el presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica la Ley de Migraciones para prohibir la entrada al país o expulsar a aquellos ciudadanos extranjeros que "inciten al odio" contra la Argentina.

"Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país", anunció la cuenta oficial de la Oficina del Presidente en X.

El objetivo del decreto 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, es modificar la Ley de Migraciones N°25.871 para "que no pueda ingresar o permanecer en el país el extranjero que hubiere realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales".

La medida alcanza a "todos aquellos extranjeros que hubieren dirigido mensajes de odio, ya sea en forma oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto, o contra algún ciudadano argentino, motivado en la nacionalidad de este último".

El Gobierno justificó la firma de este DNU aludiendo a lo que describió como "recientes manifestaciones de hostilidad" que se habrían producido contra el país, en referencia a la denominada "campaña antiargentina", las acusaciones de racismo y las teorías conspirativas que circularon en redes sociales durante el Mundial 2026.

Además, aclaró que "resulta conteste con el derecho a la libre expresión garantizado por el artículo 14 de la Constitución Nacional, por cuanto no afecta el disenso ideológico, la crítica política, académica o ciudadana, sino que reglamenta el ejercicio de los derechos, protegiendo a la ciudadanía argentina y al honor del Estado nacional".

El DNU entrará en vigencia este viernes, día siguiente a su publicación, aunque el Gobierno recordó que "la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de 10 días hábiles".

El texto completo del DNU que modifica la Ley de Migraciones

TEMAS RELACIONADOS