Elecciones 2023: qué se vota en Corrientes

Conocé qué se vota en Corrientes, cuándo son las Elecciones 2023 y cuál es la multa no presentarse a votar y no justificar la ausencia.

En la Provincia de Corrientes no se realizarán elecciones para elegir a Gobernador y Vicegobernador del distrito, pero lo que si deberán votar los ciudadanos de dicha jurisdicción será el 11 de junio para las Elecciones 2023 que renuevan las bancas legislativas y el 13 de agosto también deberán votar en las PASO presidenciales. Luego, volverán a las urnas el 22 de octubre y podrían hacerlo en noviembre en caso de haber segunda vuelta para definir quien se sentará en el sillón de Rivadavia.

Los sufragios de junio servirán para renovar 15 de las 30 bancas que la Cámara de Diputados tiene en la provincia de Corrientes. Además, deberán renovar 5 lugares en el Senado, conformado por un total de 15 bancas.

Elecciones 2023: cuáles son las multas por no ir a votar

En caso de no presentarse a votar y no justificar la ausencia, “se impondrá una multa de a 50 a 500 pesos al elector que dejare de emitir su voto y no se justificare ante cualquier juez electoral de distrito dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección”. Por otro lado, no “podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección”. En caso de no abonar la infracción, el ciudadano no podrá realizar gestiones o trámites a lo largo de un año ante organismo estatales, provinciales o municipales.

Elecciones 2023 en Corrientes: quiénes están exentos de votar

El voto es obligatorio para todos aquellos que tienen entre 18 y 70 años de edad y figuran en el padrón, pero hay quienes están exentos y, de acuerdo al Código Electoral de la provincia de Corrientes, ellos son:

  • Mayores de 70 años.
  • Jueces y sus auxiliares que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras duren las elecciones.
  • Los que el día de los sufragios se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables (deberán presentarse el día de la elección en una comisaría para dejar sentado sus motivos).
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor que les impida asistir al acto.
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir a los establecimientos habilitados para votar.
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