Elecciones 2023: qué es y quiénes pueden pedir el voto asistido

Para poder votar este año, aquellos que lo necesiten por discapacidad podrán pedir el hacerlo de forma asistida: conocé de qué se trata y quiénes pueden pedirlo.

Es cierto que el voto es obligatorio para todos aquellos que tienen entre 18 y 70 años de edad y figuren en el Padrón Electoral, pero la Ley 26.774 le otorga el derecho a los ciudadanos discapacitados a voto asistido.

De cara a las elecciones 2023 en la Argentina, conocé cómo es el voto asistido y cómo funciona, quiénes pueden pedirlo, cómo es el protocolo de acuerdo a la discapacidad que tenga el ciudadano y quiénes son los que no pueden votar en las PASO de agosto.

Elecciones 2023: qué es el voto asistido y cómo funciona

El voto asistido es para aquellas personas que tienen algún tipo de discapacidad visual, sonora o cualquier limitación física. Aquellos que tengan alguna de estas discapacidades, podrán ser acompañados por otra persona al cuarto oscuro que deberá acreditar su identidad al presidente de mesa.

Por otro lado, el Estado debe promover una serie de facilidades para la persona que se encuentra con alguna dificultad para sufragar. El Código Nacional Electoral pretende que exista en cada lugar de votación un Cuarto Oscuro Accesible (COA) que será habilitado en el espacio de más fácil acceso y más cercano a la puerta de ingreso del establecimiento habilitado para votar.

Quiénes pueden pedir el voto asistido

Los votantes que pueden pedir el voto asistido para las elecciones 2023 son:

  • Pacientes de centros de salud mental que no tengan certificado de insania.
  • Sordomudos que no puedan comunicarse por escrito.
  • Personas con discapacidad visual.
  • Puede utilizarse por mujeres embarazadas o que lleven niños al momento de votar.
  • Personas con discapacidad intelectual o mental.

Elecciones 2023 en Argentina: cómo es el protocolo para votar según cada discapacidad

En caso de complicaciones al ingresar al establecimiento para votar (escaleras, ascensor rota, etc.) podrán solicitar asistencia a las autoridades del comicio. Ellos se encargarán de resolver si trasladan las urnas hasta la planta baja, utilizando al mismo tiempo una mesa más cercana a la entrada del establecimiento. El protocolo para votar según cada discapacidad es:

  • Personas con discapacidad visual: serán acompañados por el presidente y los fiscales, que se retirarán cuando el ciudadano haya comprobado la ubicación de las distintas boletas y quede en condiciones de practicar a solas su elección.
  • Personas con discapacidad auditiva: dependerá del elector el apoyo que necesite por parte de los fiscales de mesa y las fuerzas de seguridad. El votante deberá tener las herramientas para lograr que la comunicación sea fluida, ya sea, verbal o escrita.
  • Personas con discapacidad motora y/o con movilidad reducida: en caso de no poder efectuar todos o algunos de los movimientos para sufragar, los electores serán acompañados por el presidente de mesa al cuarto oscuro. Allí colaborarán con los pasos necesarios hasta la introducción de voto, en la medida que la discapacidad lo requiera.

Quiénes no pueden votar en las PASO presidenciales

  • Quienes tengan inhabilitaciones previstas por el Código Nacional Electoral.
  • Aquellos que tengan dificultades en la audición y en el habla y que no sepan hacerse entender por escrito.
  • Personas que hayan sido declaradas incapaces judicialmente.
  • Quienes se encuentren recluidas en establecimientos públicos
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