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El Gobierno confirmó que presentará un per saltum tras el fallo a favor de Chubut sobre la coparticipación

Así lo confirmó el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, quien adelantó que el recurso se presentará "a la brevedad" ante la Corte Suprema.

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  • El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, anticipó que el gobierno de Javier Milei presentará "a la brevedad" un recurso de per saltum ante la Corte Suprema después del fallo de la Justicia Federal a favor de la provincia de Chubut para que se le restituyan fondos coparticipables suspendidos por el Gobierno.

    Desde Mendoza, Cúneo Libarona confirmó un encuentro con el Procurador del Tesoro para ultimar detalles del per saltum: "Vamos a recurrir al tribunal superior. Esta tarde me reuniré con Rodolfo Barra para finiquitar la presentación, que será a la brevedad".

    En tanto, apuntó hacia el fallo del juzgado federal de Rawson, a cargo de Hugo Ricardo Sastre, debido a que lo definió como "un disparate" y "una medida inadecuada". En tal sentido, definió el desempeño del magistrado como "una incompetencia manifiesta. El juez se pone a legislar sobre cuestiones económicas ajenas al Poder Judicial".

    También expuso que cuando se dio a conocer el fallo se quedó "perplejo, sobre todo por la falta de solidez y de fundamento".

    Mariano Cúneo Libarona

    El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

    Qué es un recurso de per saltum

    El per saltum, que en latín significa "salto de instancia", es un recurso excepcional que implica que un expediente judicial se saltee las instancias intermedias, en este caso la Cámara de Apelaciones, para llegar directamente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    La Ley 26.790 que se sancionó en noviembre de 2012, durante la presidencia de Cristina Kirchner, establece que el per saltum solo puede utilizarse "en aquellas causas de competencia federal en las que se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria".

    La gravedad institucional existe cuando una causa "excede el interés de las partes, proyectándose sobre el general o público, de modo tal que por su trascendencia queden comprometidas las instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o los principios y garantías consagrados por la Constitución nacional y los Tratados Internacionales por ella incorporados".

    La Corte Suprema puede admitir el recurso o rechazarlo, en cuyo caso el expediente deberá seguir el procedimiento y las instancias intermedias que correspondan.

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