El Tribunal Oral Federal 2 decidió absolver este martes al ex funcionario Julio De Vido y a otros acusados, de acuerdo con el artículo 530 del código procesal de la Nación, en la investigación por la administración de la obra pública en Santa Cruz.
El Tribunal Oral Federal 2 decidió absolver este martes al ex funcionario Julio De Vido y a otros acusados, de acuerdo con el artículo 530 del código procesal de la Nación, en la investigación por la administración de la obra pública en Santa Cruz.
Los magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso dieron a conocer los fundamentos para la absolución de De Vido, junto a la de Abel Fatala y Héctor Garro: "Llegamos a la conclusión de que nos encontramos ante un cuadro de duda sobre la tipicidad de sus conductas. En consecuencia, por imperio del principio in dubio pro reo la absolución resulta la única solución conforme a derecho".
Antes de esas palabras, expresaron las razones de las absoluciones al manifestar que fueron "sus limitadas intervenciones en el entramado de los hechos probados, la inexistencia de un interés particular para procurar -para sí o para un tercero- un lucro indebido con fondos del erario público, y la insuficiencia de pruebas que los coloquen en una clara posición de garantes para evitar el resultado lesivo".
Previo al veredicto, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola habían pedido condenar a De Vido a la pena de diez años de cárcel, que fue desestimada con el fallo del Tribunal.