El Gobierno reinstauró este viernes una medida relacionada al cepo cambiario: aquellos que compren dólar oficial, no podrán operar con los financieros por los siguientes 90 días. La misma fue dispuesta por el Banco Central (BCRA) mediante la comunicación A 8336 y aplica a todas las personas humanas y jurídicas. Ya estaba vigente en la operatoria para empresas.
Vuelve una medida del cepo: los compradores del dólar oficial no podrán operar divisas financieras
Lo dispuso el Banco Central este viernes mediante la comunicación A 8336. La medida aplica a todas las personas, humanas y jurídicas. La restricción en la operatoria para los MEP y CCL será por 90 días.
Según marca la comunicación, se determinó que, a partir del 26 de septiembre, cuando una persona o empresa quiera acceder al mercado cambiario (por ejemplo, para comprar dólares al tipo de cambio oficial), deberá firmar una declaración jurada comprometiéndose a no dolarizarse a través del MEP o CCL.
La restricción se aplica también ambas direcciones: quienes operen con dólar MEP o CCL no recurrir al mercado cambiario oficial por el mismo período de 3 meses.
De esta manera, la autoridad bancaria nacional que conduce Santiago Bausili busca frenar el uso del popularmente llamado "rulo", que se suele hacer cuando existe una importante brecha cambiaria entre las divisa oficial y los financieros.
La comunicación del Banco Central
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