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Una por una, todas las nuevas medidas económicas

El Gobierno estableció un paquete de medidas fiscales y cambiarias en el marco de las negociaciones con el FMI.

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  • Con la finalidad de fortalecer las reservas e incrementar la recaudación, el Gobierno estableció una serie de medidas fiscales y cambiarias acordadas con el FMI en el marco de las negociaciones que llevan adelante para aprobar una nueva revisión. A continuación, un punteo de todas las medidas:

    1. Simplificación Cambiaria: equiparar tipo de cambio dólar solidario y dólar tarjeta, manteniendo dólar Qatar para consumos superiores a 300 dólares mensuales. Dólar Solidario y Dólar Tarjeta (tarjeta hasta 300 dólares mensuales): quedaran unificados al 30% de Impuesto PAIS + 45% de Percepción Ganancias.
    2. Impuesto PAIS Servicios: se generaliza el impuesto País al 25% para todos los servicios, excepto: (i) Fletes, que se le aplicara la alícuota del 7,5%; (ii) Salud y Educación, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, y; (iii) Recitales, que ya paga el 30%.
    3. El impuesto lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al MLC. No se aplica si se paga con dólares propios.
    4. Impuesto PAIS Bienes: se generaliza el impuesto País al 7,5% para todos los bienes, excepto: (i) Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, (ii) Suntuarios, que ya pagan el 30%, (iii) Combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, seguirán sin pagar el Impuesto País.
    5. El impuesto lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al MLC. No se aplica si se paga con dólares propios.
    6. La percepción se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.
    7. Importaciones Temporales: no afectamos las importaciones que generan exportaciones (Agro Industria y Automotrices).
    8. Las importaciones temporales del Decreto 1330/2004 y Decreto 688/2002 (esquema RAF) de automotrices quedan fuera del alcance del Impuesto PAIS en la medida de que el “pago” de la importación se efectúa luego del “cobro” de la exportación relacionada y/o prefinanciación o anticipo con fondos propios.
    9. Se crearía un padrón positivo con las empresas que solicitan este beneficio.
    10. Dólar Economía Regionales: se amplía el esquema de economías regionales.
    11. Las exportaciones que se liquidan hasta el 31 de agosto de 2023 tendrán un dólar de $ 340.
    12. Divisas proyectadas de liquidación: 2.000 millones de dólares, incluido el maíz.
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