SIRADIG: AFIP extiende el plazo para informar las deducciones de Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos amplió el período para que los trabajadores informen las deducciones anuales correspondientes al período fiscal 2023. Cuál es la nueva fecha límite.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la extensión del plazo para informar las deducciones del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2023.

A través de la Resolución General 5514, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo amplió hasta el 30 de junio el plazo para la presentación del formulario F.572 Web a través del servicio "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR".

Recientemente, a fines de abril, la AFIP había extendido el plazo hasta el 31 de mayo.

Por otra parte, el organismo dirigido por Florencia Misrahi también amplió hasta el 31 de julio el período para el cumplimiento por parte del agente de retención de la obligación de realizar la liquidación anual del gravamen por dicho período fiscal.

"El importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive", expresa el texto.

"Asimismo, deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de agosto de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), informándolo en el período julio de 2024 y consignando como fecha de retención el 31 de julio de 2024", añade.

La medida se justifica en "dar continuidad a los actos de gobierno tendientes a brindar seguridad jurídica a los contribuyentes y responsables respecto del alcance" del impuesto.

AFIP modificó los montos para los controles en las transferencias de billeteras virtuales: cuáles son los nuevos límites

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó hace poco una actualización de los valores que las billeteras virtuales deben avisar en caso de ser sobrepasados.

Siendo usuario de estas aplicaciones (Cuenta DNI, Modo, Mercado Pago, entre otras), es muy útil conocer estos montos, debido a que si no los superás, la AFIP no podrá controlar esos movimientos.

Esta medida ya confirmada, tiene por objetivo simplificar procesos en beneficio de los usuarios.

Aquellas transacciones realizadas en las billeteras virtuales que superen los $400.000 serán notificadas a AFIP por parte de las entidades financieras.

De ser necesario, la administración de ingresos podrá exigir al usuario una justificación de este movimiento, ya que podrá ser considerado como "ilícito".

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