La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) detalló las prestaciones que se pagarán en julio y mencionó cuáles son las opciones para que los trabajadores que fueron despedidos de sus empleos puedan anotarse y acceder a la Prestación por Desempleo.
Prestación por Desempleo de ANSES: cuáles son las opciones para anotarme
La Administración Nacional de la Seguridad Social enumeró las condiciones para que los trabajadores que fueron despedidos de sus empleos puedan acceder a esta ayuda económica.
En este orden, el organismo que conduce Fernanda Raverta explicó que a través de esta ayuda económica se busca garantizar el acompañamiento a las familias hasta que vuelvan a reincorporarse al sistema laboral.
Por otro lado, ANSES, recordó que sigue vigente la tarifa social de transporte para que jubilados, pensionados y demás beneficiarios puedan viajar en tren, colectivo y subte con hasta 55% de descuento utilizando su tarjeta SUBE.
Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES
La Prestación por Desempleo de ANSES es una asistencia económica destinada a todas las trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
Quiénes pueden acceder a la Prestación por Desempleo de ANSES
El Fondo de Desempleo ANSES está destinado a todas las personas que fueron despedidas de sus trabajos registrados o que hayan dejado su puesto por un quiebre de la empresa.
Prestación por Desempleo de ANSES: requisitos
Los requisitos para acceder a la prestación por Desempleo de ANSES son:
- Trabajadoras/es permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadoras/es eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Asimismo es necesario contar con la siguiente documentación:
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Prestación por Desempleo de ANSES: cómo me anoto
El trámite para anotarse y percibir la Prestación por Desempleo de ANSES se puede realizar de forma presencial en una oficina del organismo, con turno previo. O también de forma virtual ingresando al menú de Atención Virtual que tiene a disposición la página oficial.
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