La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) para determinados operadores de granos.
La medida tomada por el Gobierno elimina el deber de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) para determinados operadores de granos.
La medida beneficiará el comercio y la producción mediante la simplificación de trámites y la reducción de la carga administrativa de los contribuyentes
Según se detalló en la Resolución General 5558/2024, publicada en el Boletín Oficial, el organismo conducido por Florencia Misrahi “dio de baja la obligación de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio”.
Esta actualización facilitará la integración y el acceso a los sistemas de información, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión de las liquidaciones. Por su parte, en cuanto a la fiscalización, el organismo “mantendrá sus facultades de verificación y fiscalización para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes”, se especificó.
La permanencia de estos contribuyentes en el régimen estará condicionada a la conservación de sus respectivas categorías como operadores en la cadena de comercialización de granos.
La AFIP eliminó requisitos documentales y logró simplificaciones aplicadas para los siguientes trámites y sectores productivos: