La Ciudad de Buenos Aires creará un fondo anticíclico para afrontar situaciones extraordinarias

El mismo tiene como objetivo tener un respaldo financiero en caso de sufrir catástrofes, desastres ambientales, emergencias sociales, sanitarias y/o económicas. Además, permitirá proteger los recursos de Capital Federal.

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  • El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció que creará un fondo anticíclico para hacer frente a catástrofes, desastres ambientales, emergencias sociales, sanitarias y/o económicas y así atenuar el impacto de estos eventos en las finanzas públicas.

    La constitución de este fondo está contemplada en la Ley de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas como parte de los instrumentos para enfrentar fases de recesión. En este sentido, funcionará como un mecanismo automático de liquidez ante circunstancias concretas y específicas.

    Para este fin se destinarán u$s350 millones o su equivalente en pesos provenientes del Tesoro de la Ciudad. También se podrá incorporar el superávit del ejercicio anterior, ya sea de manera total o parcial, y los rendimientos que pudieran producir estos recursos incorporados. Esta integración podrá efectuarse hasta alcanzar el 8% de los gastos del presupuesto vigente.

    El fondo podrá usarse para financiar gastos operativos cuando se haya verificado una variación de los ingresos tributarios medidos en términos reales, y para pagar servicios de la deuda pública cuando el plazo de los vencimientos sea menor o igual a 90 días.

    También se utilizará para atender situaciones de emergencia o desastre cuando las mismas estén declaradas por ley, así como para afrontar el impacto financiero que pueda derivar de contingencias judiciales no previstas y que superen el 1% del presupuesto vigente.

    En todos los casos deberá verificarse que la caída en los ingresos tributarios totales, medidos en términos reales y ajustados por el IPCBA, sea mayor al 10% con respecto al mismo mes del año anterior; o que se registre una caída interanual mayor o igual al 5% con respecto al mismo trimestre del año anterior.

    Finalmente, se aclaró que la asignación de recursos en un ejercicio no podrá exceder el 50% del monto acumulado en el fondo. Tampoco podrá destinarse a financiar aumentos permanentes del gasto corriente ni proponerse como garantía de operaciones de crédito público.

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