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Impuesto a las Ganancias: vence el plazo para presentar el formulario de deducciones de 2024

Esta presentación es clave que se haga antes de fin de mes para obtener un reintegro por lo descontado a lo largo del año pasado.

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  • El impuesto a las Ganancias en Argentina tiene modificaciones en el formulario a presentar en 2025 entre las que se encuentra una actualización semestral de escalas y deducciones según la inflación acumulada. Esta medida, impulsada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), tiene por objetivo dar mayor previsibilidad a los trabajadores y jubilados alcanzados por el tributo y también incrementó la cantidad de contribuyentes obligados a pagarlo.

    El próximo lunes 31 de marzo de 2025 vence el plazo de todas aquellas personas en relación de dependencia para presentar el Formulario 572 Web. Esta presentación es clave porque toda la información declarada en el SIRADIG (Sistema para Registrar y Actualizar las Deducciones del Impuesto a las Ganancias) será considerada por el empleador para calcular correctamente el impuesto a las ganancias correspondiente al año 2024.

    "Si las retenciones efectuadas superan el monto del impuesto determinado, la diferencia será devuelta con los haberes posteriores a la liquidación. Si las retenciones fueran inferiores, se realizará una retención adicional de ajuste", explica Gustavo Diez, contador público y vicepresidente primero del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.

    La presentación se realiza a través del servicio “SIRADIG Trabajador” disponible en la página web de ARCA, con clave fiscal.

    ¿Qué se informa en el SIRADIG?

    1. Carga de Familia

    Se deben declarar los familiares a cargo que cumplan las siguientes condiciones:

    2. Pluriempleo

    Cuando un trabajador posee más de un empleo, el empleador que abona la mayor remuneración será quien determine y retenga el impuesto a las ganancias.

    El resto de los ingresos debe ser informado a través del Formulario 572 Web.

    3. Deducciones permitidas

    La ley permite computar las siguientes deducciones, sujetas a topes establecidos:

    4. Percepciones por operaciones en moneda extranjera

    Se pueden informar las percepciones realizadas por operaciones alcanzadas por la Resolución General 4815 de ARCA:

    Estas percepciones serán computadas como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.

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