El Gobierno habilitó a las paradas de diarios a prestar servicios de casilla de correo como operadores postales, a la vez que disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, en un contexto de reformulación del sector, que busca alternativas comerciales ante la caída de la venta de medios de comunicación impresos.
El Gobierno autorizó a los puestos de diarios a prestar servicios de casilla de correo
El decreto también disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, en un contexto de reformulación del sector, que busca alternativas comerciales ante la caída de la venta de medios de comunicación impresos.
La medida se implementó a través del Decreto 629/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
"Las paradas de diarios podrán prestar el servicio de casilla de correo, previa registración como operador postal ante el Ente Nacional de Comunicaciones, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o mediante un acuerdo con un operador postal autorizado, que será en tal caso el sujeto responsable por la prestación del servicio ante el usuario y la autoridad de aplicación del régimen postal", establece el texto.
Así, los puestos de diarios están autorizados a realizar entregas de correspondencia general, de productos adquiridos por terceros a través del comercio electrónico y papelería, servicio de guarda, depósito, tarjetas de crédito y débito, y documentos de identidad y pasaportes.
La norma también derogó el Decreto 1025/00, que establecía el régimen jurídico aplicable a la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública y lugares públicos de circulación de personas y disponía la creación del Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, en el cual debían registrarse los titulares del derecho de parada, de reparto y de las líneas de distribución y su zona de influencia.
"A la luz de lo expuesto, el régimen jurídico aplicable a la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública y lugares públicos de circulación de personas deviene innecesario, obsoleto y genera limitaciones que afectan a los actores que intervienen en dicha actividad", señala la medida.
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