El Gobierno aprobó el reglamento de turismo estudiantil: qué implica y cuáles son las modificaciones

La norma busca ponerle un marco a este segmento del mercado en su aspecto comercial con la perspectiva de proteger a los estudiantes. Fue impulsada por la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deporte.

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  • El Gobierno aprobó este miércoles el reglamento de turismo estudiantil. La medida busca de ponerle un marco a este segmento del mercado en su aspecto comercial con la perspectiva de proteger a los alumnos.

    A través de la Resolución 1/2024 de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes se instruye a la Subsecretaría de Turismo a que "diseñe el proceso de control interno que permita a la gestión cumplir con sus objetivos, evitando exigencias que limiten el correcto funcionamiento del mercado del turismo estudiantil y afianzando principios de lealtad comercial, el resguardo de los estudiantes, y la celeridad y eficacia del obrar estatal".

    La norma destaca que en la Ley Nacional del Turismo N° 25.997 y sus modificatorias se declaró de interés nacional al turismo como actividad socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo del país y estableció que la actividad turística "resulta prioritaria dentro de las políticas de Estado y que esa ley tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la promoción y la regulación de la actividad turística y del recurso turismo".

    La nueva normativa apunta a establecer un procedimiento administrativo ágil para la obtención del “Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil”: se tramitará de forma digital y por única vez, manteniendo la obligación de los operadores de informar cualquier cambio dentro de los quince días hábiles de producido.

    Se determina además que las Agencias de Viajes deben acreditar la constitución de garantías suficientes a fin de solventar posibles incumplimientos parciales y/o totales derivados de las relaciones contractuales, a través del establecimiento de fondos fiduciarios de garantía y/o garantías de carácter patrimonial y/o bancarias y/o financieras y/o depósitos en garantía y/o seguros de caución.

    Para esto se constituirá un fideicomiso privado de administración denominado “Fondo de Turismo Estudiantil” e implementación de la “Cuota Cero”, más una caución en favor de dicho fondo ya que hoy sólo está previsto que el Fondo de Turismo Estudiantil responda por las prestaciones esenciales (hospedaje, el transporte, la gastronomía, las excursiones diurnas -a excepción de las de turismo activo y/o de aventura- y los seguros exigidos en la reglamentación), y no por la totalidad de las prestaciones que demanda el pasajero.

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