Continúan los coletazos del anuncio del megadecreto de Javier Milei, en el que, entre más de 300 modificaciones, se estableció la derogación de la ley de Alquileres. Cuáles son las principales modificaciones para los inquilinos.
Cuáles son las principales modificaciones en los alquileres tras el DNU de Javier Milei
El Presidente derogó la ley vigente, por lo cual ahora las negociaciones de los contratos podrán realizarse entre partes y sin regulaciones.
Cabe remarcar que esta nueva normativa rige para los nuevos contratos y que, de ninguna manera, se romperán los acuerdos vigentes.
Como primera medida, el contrato se puede realizar en cualquier moneda, a diferencia de la normativa vigente hasta el momento. La ley 27737 establece que "el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional".
En la misma línea, el nuevo DNU exige que el inquilino tiene que pagar en la moneda pactada, sin variaciones. Los jueces tampoco podrán cambiarla.
En la ley vigente se especifica que estos ajustes pueden acordarse entre "las partes y por intervalos no inferiores a seis (6) meses". En cambio, la nueva normativa explica que se puede pactar cualquier tipo de actualización, sobre todo teniendo en cuenta el contexto inflacionario.
Otro de los ejes centrales de la ley tiene que ver con el plazo mínimo. Luego de la puja entre inmobiliarias e inquilinos, la extensión del contrato se mantuvo en tres años hasta el anuncio del decreto. A partir del DNU, el acuerdo se puede realizar por cualquier plazo, dado que ya no rige más el mínimo.
En la ley 27737 actual, se deja constancia de que el locador debe "efectuar a su cargo la reparación que exija el deterioro en su calidad o defecto, originado por cualquier causa no imputable al locatario". Esto quedará sin efecto, ya que a partir de ahora el locador deja de tener la obligación de pagar las mejoras introducidas por el locatario, salvo que acuerde hacerlo.
En la misma línea, el locador puede rescindir el contrato por cualquier incumplimiento del mismo y no solamente por las tres causales que contemplaba el Código Civil y Comercial. Por otra parte, el locatario ya no tendrá facultades para finalizar el contrato si el inmueble no queda apto para uso y goce cuando él mismo haya ocasionado el daño en forma directa o indirecta.
Sobre la resolución anticipada, la normativa vigente establece que puede el locatario debe abonar al locador indemnizaciones que equivalen a casi un mes y medio de contrato, en el caso de que avise con un mes o menos de anticipación. Si lo hace con más de tres meses, no tiene obligación de pagar. Cabe destacar que el inquilino debe esperar al menos seis meses para hacerlo.
Ahora, en cambio, se podrá efectuar pagando el 10% del monto de los alquileres hasta el fin del contrato. Por ejemplo, ya no debe esperar el inquilino que pasen 6 meses desde la firma del contrato para rescindir.
La explicación oficial de por qué Javier Milei no envió el DNU al Congreso
Federico Sturzenegger, uno de los padres del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado el miércoles por Javier Milei, aseguró que las reformas no fueron al Congreso debido a que el Presidente quería demostrar que “Argentina cambia de rumbo”.
El expresidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA) se refirió a los DNU sin tratar el contenido y consideró que es un mecanismo institucional. Resaltó que Alberto Fernández emitió 117, Néstor 236 y que a ellos no se los señaló.
“Tenemos un debate por el mecanismo del DNU. El DNU exige la emergencia, la emergencia que vio el presidente en el contexto de lo que ha heredado del Gobierno anterior es la necesidad de marcar un cambio de rumbo y eso es emergencia”, expresó el exdiputado en Radio Mitre.
Y agregó: “Hay que dar una señal clara y contundente que Argentina se encamina a otra dirección. Es la emergencia que justifica el DNU y es lo que ha querido marcar el Presidente”.
Las 30 medidas anunciadas por Milei
- Derogación de la Ley de Alquileres.
- Derogación de la Ley de Abastecimiento.
- Derogación de la Ley de Góndolas.
- Derogación de la Ley del Compre Nacional.
- Derogación del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía.
- Derogación de la Ley de Promoción Industrial.
- Derogación de la Ley de Promoción Comercial.
- Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.
- Derogación del régimen de sociedades del Estado.
- Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.
- Modernización del régimen laboral para facilitar el proceso de generación de empleo genuino.
- Reforma del Código Aduanero para facilitar el comercio internacional.
- Derogación de la Ley de Tierras para promover las inversiones.
- Modificación de la Ley de Manejo del Fuego.
- Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción azucarera.
- Liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola.
- Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera.
- Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.
- Implementación de la política de cielos abiertos.
- Modificación del Código Civil y Comercial para reforzar el principio de libertad contractual entre las partes.
- Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada.
- Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
- Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
- Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales.
- Establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos.
- Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos.
- Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran.
- Desregulación de los servicios de internet satelital.
- Desregulación del sector turístico eliminando el monopolio de las agencias de turismo.
- Incorporación de herramientas digitales para trámites de los registros automotores.
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