Cómo puedo habilitar la factura electrónica del monotributo

Las personas que se hayan dado de alta como monotributistas deberán habilitar la factura electrónica para facturar cada una de sus ventas. Conocé cómo hacerlo y las recomendaciones de la AFIP.

Las personas que trabajen de manera independiente y estén inscriptos como monotributistas en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), deberán habilitar manualmente la factura electrónica al momento de darse de alta en el régimen de impuesto simplificado. Se trata de un proceso que consta de varios pasos pero se puede realizar fácilmente siguiendo el instructivo paso a paso y así poder facturar cada una de tus ventas.

En primer lugar, para poder habilitar la factura electrónica del monotributo y poder usar los servicios disponibles, se necesitará contar con una clave fiscal con nivel de seguridad 3 o superior. AFIP en su portal explica: "Todos los monotributistas, sin importar la categoría en la que estén encuadrados, deberán emitir factura electrónica para todas sus operaciones con consumidores finales". Y agrega que "para facturar electrónicamente puede hacerse con clave fiscal desde: el servicio comprobantes en línea, la aplicación facturador móvil o utilizando un controlador fiscal".

factura electrónica

Con respecto a la utilización del controlador fiscal y/o la emisión de factura electrónica se debe saber que es de carácter obligatorio para los monotributistas. También es imprescindible para los responsables inscriptos o exentos en el impuesto al valor agregado.

"Las micro, pequeñas o medianas empresas (MiPyME) por las operaciones que realicen con una empresa grande u otra MiPyME que haya adherido al régimen de 'Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs', deberán emitir exclusivamente facturación electrónica", explican.

Cómo habilitar la factura electrónica del monotributo en AFIP

Los requisitos que tienen los monotributistas para realizar las facturas electrónicas son: CUIT / CUIL / CDI; Clave fiscal habilitada con nivel de seguridad 3 y contar con los servicios Comprobantes en línea y Administración de puntos de ventas y domicilios incorporados a la clave fiscal. Las personas que no cuenten con este último, tendrán que habilitar la factura electrónica desde la web de AFIP. Los pasos son los siguientes:

  • Ingresá a la página de AFIP (www.afip.gob.ar) y presioná Iniciar sesión en el recuadro Ingresar con Clave Fiscal.
  • Ingresá tu número de CUIT/CUIL/CDI y presioná Siguiente.
  • Dentro de la sección ¿Qué necesitas? podés buscar el trámite o servicio que precisas, luego seleccionalo y ya lo tendrás disponible. También, podrás realizar el procedimiento tradicional a través del servicio Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
  • Se abrirá la una pantalla y allí deberás presionar el botón ADHERIR SERVICIO. Un dato importante: Cuando el representante legal de una persona jurídica desee habilitar el servicio para operar en nombre de ella, al ingresar al Administrador de relaciones, tendrá que indicar que actúa en representación de la empresa. Una vez que la persona jurídica tenga adherido el servicio, el usuario deberá indicar, al ingresar a él, si lo operará en representación propia o de la empresa.
  • En la pantalla siguiente, deberás presionar el botón del Organismo al que corresponde el Servicio a incorporar, por ejemplo “AFIP” y en este caso presioná sobre Servicios Interactivos.
  • En la pantalla aparecerá el listado de servicios y deberás seleccionar el que deseás incorporar.
  • Al confirmar, visualizarás en pantalla y podrás imprimir el formulario F3283/E, como constancia del alta del servicio.
  • Por último, podrás encontrarlo en tu portal.
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