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ARCA elevó a $10 millones el monto para identificar en las facturas a consumidores finales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió el importe mínimo para incluir en los comprobantes al adquiriente, locatario o prestatario con esa condición ante IVA.

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  • La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) elevó a $10.000.000 el importe a partir del cual corresponde identificar en los comprobantes al adquirente, locatario o prestatario cuando revista el carácter de consumidor final.

    La medida se implementó a través de la Resolución General 5700/2025 del organismo, publicada este martes en el Boletín Oficial con la firma de su titular, Juan Pazo. El texto también extiende a $500.000 el importe de las operaciones que pueden respaldarse mediante la utilización del "Facturador".

    Superados los $10 millones, al consumidor final se lo identifica a través de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) o, en su caso, número de documento nacional de identidad (DNI). En el supuesto de extranjeros, documento o cédula de identidad del país de origen o pasaporte.

    Tope: a partir de qué monto ARCA investiga las extracciones de dinero, operaciones con tarjeta y transferencias bancarias

    La actualización forma parte de un paquete de medidas más amplio orientado a modernizar los sistemas de control aduanero y tributario, fortaleciendo la transparencia y eficiencia en el seguimiento de movimientos financieros relevantes.

    Entre las principales modificaciones, se informó que las transferencias y acreditaciones bancarias ahora deberán ser informadas solo cuando superen los $50 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas, un notable incremento frente al límite anterior de $1 millón. Las extracciones por cajero automático, que anteriormente estaban sujetas a control desde cualquier monto, ahora solo serán informadas a partir de los $10 millones tanto para personas físicas como jurídicas.

    También se elevaron los montos vinculados a los saldos bancarios al cierre del mes: antes oscilaban entre $700 mil y $1 millón, pero ahora serán informados solo cuando superen los $50 millones en el caso de personas físicas y $30 millones para jurídicas. En cuanto a los plazos fijos, el nuevo umbral informativo será de $100 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas, reemplazando el tope anterior de $1 millón.

    RCEL Régimen de Comprobantes en Línea factura electrónica Agencia de Recaudación y Control Aduanero ARCA

    El administrador de facturas electrónicas de ARCA.

    Las transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales también fueron objeto de actualización. El límite se elevó de $2 millones a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para jurídicas. Para las tenencias en ALICs o sociedades de bolsa, que hasta ahora eran informadas desde cualquier monto, se aplicarán los nuevos mínimos de $100 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas.

    En relación con las compras realizadas por consumidores finales, los montos también se ajustaron: antes se informaban operaciones en efectivo por $250 mil y de $400 mil mediante otros medios; ahora, el tope sube a $10 millones para ambas modalidades. El titular de ARCA remarcó que estas medidas buscan generar incentivos para que los ciudadanos se incorporen al sistema formal, condición esencial para acceder a crédito a largo plazo.

    En este marco, también se anunciaron importantes derogaciones de regímenes informativos que afectaban a diversos sectores. Ya no estarán vigentes los regímenes que obligaban a los comercios a reportar todas sus operaciones, ni se incluirán en el control habitual las ventas de autos usados o inmuebles, como así tampoco ciertas transferencias entre billeteras virtuales.

    Billetes pesos billetera salario

    Los consumidores finales deberán ser identificados en la factura solo a partir de $10 millones.

    Finalmente, ARCA oficializó la eliminación de varios regímenes de cruce de datos: se derogan los requerimientos de información por compras con tarjeta, los cruces utilizados por escribanos, los informes sobre pagos de expensas, adquisiciones de artículos usados, consumos de servicios públicos, e incluso se prohíbe a los bancos solicitar a los clientes la declaración de impuestos personales.

    También se eliminan las obligaciones de notificación que recaían sobre escribanos y agentes inmobiliarios. Estas decisiones apuntan a simplificar el sistema y garantizar una mayor privacidad en las operaciones formales.

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