La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) confirmó el calendario de pagos para abril de 2025 y los montos actualizados de las jubilaciones y asignaciones familiares, y adelantó que un grupo de beneficiarios podrá acceder a un monto extra de $90.000.
Se trata de la Asignación Familiar por Matrimonio, una de las tres Asignaciones de Pago Único (APU) que otorga el organismo presidido por Fernando Bearzi (las otras dos son por Nacimiento y Adopción). En el cuarto mes del año, el monto ascenderá a $89.633.
En este contexto, ANSES aclaró quiénes pueden acceder a la APU por Matrimonio, cuáles son los requisitos claves que deben cumplir y cómo deben anotarse para cobrar el beneficio.
APU de ANSES: montos de abril 2025
A partir del mes de abril de 2025, ANSES actualizó los límites de ingresos para percibir las asignaciones familiares, que pasan a ser de $2.105.438 brutos mensuales por persona y de $4.210.876 brutos mensuales por grupo familiar.
Los montos de las APU en abril 2025 son los siguientes:
- Nacimiento: $59.860
- Adopción: $357.924
- Matrimonio: $89.633
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Requisitos para acceder a la APU por Matrimonio de ANSES
La APU por Matrimonio de ANSES le corresponde a trabajadores registrados (SUAF), trabajadores de temporada y titulares de la Prestación por Desempleo, de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Además, deben cumplir con los siguientes requisitos:
- El matrimonio tiene que estar acreditado en la base de datos de ANSES.
- Deben estar dentro de los 2 años y 2 meses de ocurrido el matrimonio.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes al momento del evento.
- Los trabajadores en relación de dependencia deben tener una antigüedad mínima y continuada de 6 meses en su empleo al momento del matrimonio.
APU de ANSES: cómo me anoto
El trámite de inscripción para percibir la APU por Matrimonio puede realizarse de manera presencial con turno en una oficina de ANSES o a través del canal de Atención Virtual que funciona en el sitio oficial del organismo, al que se accede con CUIL y Clave de la Seguridad Social. En cualquier caso, se requiere el DNI de ambos cónyuges y la partida o acta de matrimonio.