ANSES paga $40.000 desde el 24 de julio: cuál es el beneficio

La Administración Nacional de la Seguridad Social otorga esta ayuda económica a un grupo particular. De qué se trata.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) difundió el calendario de pagos de julio y con ello afirmó que otorgará $40.000 a todos los trabajadores que fueron despedidos de sus empleos a través de la Prestación por Desempleo.

En este sentido el organismo que dirige Fernanda Raverta ratificó que mediante esta asistencia económica se busca acompañar a todas las familias que atraviesan esta situación hasta la incorporación nuevamente al sistema laboral.

Por otro lado, ANSES recuerda que sigue vigente su canal de atención virtual para realizar consultas y trámites las 24 horas del día. Las gestiones se pueden realizar de forma online ingresando a la página oficial.

Desempleado en escaleras

Prestación por Desempleo de ANSES: cuánto cobro en julio 2023

El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según tus ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Las trabajadoras y los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

En este contexto el monto mínimo a percibir es de $24.440 y el máximo de $40.733.

Cuáles son los requisitos de la Prestación por Desempleo de ANSES

Los requisitos para solicitar la Prestación por Desempleo de ANSES son:

  • Trabajadoras/es permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadoras/es eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Asimismo los potenciales beneficiarios deberán contar con la siguiente documentación:

  • DNI (original y copia).
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
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Prestación por Desempleo de ANSES: cuándo cobro en julio 2023

  • DNI terminados en 0 y 1: lunes 24 de julio.
  • DNI terminados en 2 y 3: martes 25 de julio.
  • DNI terminados en 4 y 5: miércoles 26 de julio.
  • DNI terminados en 6 y 7: jueves 27 de julio.
  • DNI terminados en 8 y 9: viernes 28 de julio.