ANSES: lo que cobrarán las pensiones en abril 2026 y quiénes pueden acceder
La Administración Nacional de la Seguridad Social acompaña la partida de un ser querido con una prestación destinada a cubrir los gastos de las familias.
ANSES otorga una pensión por el fallecimiento de un ser querido: cómo quedan los valores de abril.
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La pensión por fallecimiento garantiza un ingreso mensual para familiares directos de jubilados o pensionados.
El monto se calcula como un porcentaje del haber del titular fallecido y varía según la composición del grupo familiar.
El acceso está limitado a cónyuges, convivientes e hijos bajo condiciones específicas.
El trámite puede hacerse online o presencial, con requisitos documentales definidos por el organismo.
ANSES mantiene vigente en abril de 2026 el esquema de pensiones derivadas por fallecimiento, una herramienta central del sistema previsional que busca sostener ingresos en hogares afectados por la pérdida de un titular. En un escenario donde la movilidad mensual ajusta los haberes según la inflación, este beneficio se vuelve clave para evitar una caída abrupta en la capacidad económica de las familias.
En términos generales, la pensión no tiene un monto fijo, sino que se calcula en función del haber que percibía la persona fallecida, tomando como referencia la jubilación mínima de $380.319 en abril.
Pensión por Fallecimiento ANSES
Esta prestación económica busca brindar un sostén económico a quienes dependían del ingreso del titular fallecido.
ANSES
Qué es la pensión por fallecimiento de ANSES
Se trata de una prestación mensual destinada a familiares directos de una persona jubilada o pensionada que fallece.
Cumple tres funciones principales:
Reemplaza parcialmente el ingreso del titular
Permite sostener el nivel económico del hogar
Se mantiene mientras se cumplan las condiciones legales
Forma parte del régimen previsional argentino y su otorgamiento depende de vínculos y requisitos previamente establecidos.
Quiénes pueden acceder a la pensión
El acceso está limitado a un grupo definido de beneficiarios:
Cónyuge: debe presentar partida de matrimonio actualizada que acredite la vigencia del vínculo.
Conviviente: debe demostrar una convivencia mínima de 5 años, o de 2 años si hubo hijos en común.
Hijos: hasta los 18 años, siempre que sean solteros y no perciban otra prestación. Sin límite de edad en caso de discapacidad
El organismo puede requerir pruebas adicionales, como domicilio compartido o documentación que acredite dependencia económica.
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Cómo hacer el trámite paso a paso
El proceso tiene etapas claras y plazos que deben respetarse:
Esperar al menos 10 días hábiles desde el fallecimiento para iniciar la gestión
Trámite online (si el fallecimiento ocurrió dentro de los últimos 6 meses):
Ingresar a “Mi ANSES” con CUIL y clave
Seleccionar “Solicitud de Prestaciones”
Elegir “Pensión derivada por fallecimiento”
Trámite presencial (casos más complejos o fuera de plazo):
Solicitar turno previo
Presentar DNI y documentación original
Documentación requerida:
DNI del solicitante
Partida de defunción
Partida de matrimonio o pruebas de convivencia
Partidas de nacimiento de hijos
Formularios PS 6.9, PS 6.1 y PS 6.284 si corresponde
El monto que otorga ANSES de la pensión por fallecimiento depende del grupo familiar:
En caso de cónyuge o conviviente:
70% del haber del fallecido. Es decir, si la persona recibía $380.319, la pensión pasa a ser de $266.223
Con hijos con derecho:
50% para cónyuge o conviviente
20% para cada hijo
La suma total no puede superar el 100% del haber original. Además, si un beneficiario deja de cobrar, su parte se redistribuye entre los restantes mediante el sistema de acrecimiento. Como complemento, el organismo otorga un subsidio de contención familiar cercano a $15.000, que debe solicitarse dentro del año del fallecimiento y está destinado a cubrir gastos inmediatos.