La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) avanza con el calendario de pagos de agosto y además destacó la entrega de más de $50.000 en septiembre a los titulares de la Prestación por Desempleo.
ANSES: el beneficio para que personas sin empleo cobren más de $50.000 en septiembre 2023
La Administración Nacional de la Seguridad Social otorgará esta ayuda económica a los sectores más vulnerables.
En este sentido, el organismo conducido por Fernanda Raverta señaló que esta ayuda social se otorga a todos aquellos trabajadores que fueron despedidos de sus trabajos formalmente registrados.
Asimismo, ANSES destacó que el monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados durante los últimos 3 años. Las trabajadoras y los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
Prestación por Desempleo de ANSES: de qué se trata
La Prestación por Desempleo de ANSES es una ayuda económica destinada a trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
Prestación por Desempleo de ANSES: cuánto cobro en septiembre 2023
Los montos a cobrar de la Prestación por Desempleo de ANSES a partir de septiembre son de $32,771.10 como mínimo y $54,628.50 como máximo.
Quiénes pueden acceder a la Prestación por Desempleo de ANSES
La Prestación por Desempleo de ANSES está destinado a todas las personas que fueron despedidas de sus trabajos registrados o que hayan dejado su puesto por un quiebre de la empresa.
Prestación por Desempleo de ANSES: requisitos
Los requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo son:
- Trabajadoras/es permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadoras/es eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
También es importante contar con la siguiente documentación:
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
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