La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece la opción de inscribirse en el Fondo de Desempleo a los trabajadores que fueron despedidos sin justa causa. La asistencia funciona como una especie de reparación económica mediante una remuneración.
En este contexto, el organismo previsional que dirige María Fernanda Raverta se encuentra finalizando el cronograma de pagos de marzo, mes en el que registró su primer incremento anual de haberes que establece la Ley de Movilidad. El incremento para las prestaciones fue del 17,04%.
Por otro lado, es importante mencionar que todavía sigue disponible y abierta la inscripción a las Becas Progresar en todas sus líneas de asistencia. La fecha límite para anotarse es el 31 de marzo. Se trata de las becas educativas que mediante un incentivo económico buscan acompañar a los alumnos en la finalización de sus estudios académicos.
como acceder al beneficio de anses
Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES
La prestación por desempleo de la Administración Nacional de Seguridad Social es un apoyo económico que se otorga en cuotas mensuales. El trámite es personal y se puede realizar hasta 90 días luego de haber sido concretado el despido.
Prestación por Desempleo de ANSES: quiénes pueden acceder
La prestación por desempleo está destinada a trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013, que hayan sido despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador/a. Esta medida abarca a:
- Trabajadores permanentes que tuvieron al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y/o de temporada que trabajaron menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Quiénes no pueden acceder a la Prestación por Desempleo de ANSES
Las personas que no pueden percibir la prestación por desempleo que otorga la ANSES son quienes:
- Perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Perciban cualquier prestación no contributiva, excepto la pensión vitalicia excombatientes del Atlántico Sur.
- Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o hayan optado por el retiro voluntario.
- Perciban a través de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) una prestación dineraria por accidente de trabajo o enfermedad profesional. No existe incompatibilidad cuando la trabajadora o el trabajador dejan de percibir la prestación de la ART en razón de producirse el alta médica o la determinación por resolución de un grado de incapacidad permanente definitiva inferior al 66%.
- Pertenezcan a los siguientes regímenes: Trabajo Agrario (se rige por Ley 25191, Decreto 453/2001 y Resolución MTEySS Nº 543/04), servicio doméstico, administración pública nacional, provincial y municipal, establecimientos privados de enseñanza y personal docente de instituciones universitarias privadas.
Prestación por Desempleo de ANSES: cómo me anoto
Para solicitar esta prestación por desempleo es necesario realizar el trámite mediante atención virtual o en una oficina de ANSES con turno previo.
Prestación por Desempleo de ANSES: cuándo cobro en marzo 2023
- Documentos terminados en 0 y 1: miércoles 22 de marzo.
- Documentos terminados en 2 y 3: jueves 23 de marzo.
- Viernes 24 de marzo feriado nacional.
- Documentos terminados en 4 y 5: lunes 27 de marzo.
- Documentos terminados en 6 y 7: martes 28 de marzo.
- Documentos terminados en 8 y 9: miércoles 29 de marzo.