AFIP: plan de alivio fiscal a tasa baja para que PyMEs y monotributistas puedan regularizar sus deudas

La iniciativa forma parte del paquete de medidas económicas lanzado por el Ministerio de Economía. Contempla una tasa de interés máxima de 5,91% mensual y beneficiará a más de 650.000 contribuyentes.

Como parte del paquete de medidas económicas lanzado por el Ministerio de Economía, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha un plan de facilidades de pago y alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), con el que podrán cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril.

La iniciativa, que contempla una tasa de interés máxima de 5,91% mensual, incluye este beneficio también para monotributistas. Con este nuevo régimen, el organismo tributario beneficiará a más de 650.000 contribuyentes.

El monto de deuda a regularizar asciende a $456.063 millones y corresponde principalmente a IVA, ganancias, y aportes y contribuciones a la seguridad social, entre otros tributos. Incluye los intereses, multas y deudas que se encuentren en discusión tanto en vía administrativa como judicial; además de deuda de capital.

De los 656.121 contribuyentes que se verán beneficiados, las micro y pequeñas empresas representan 48% y poseen 42% del stock de deuda total. Los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan al 31,2%. El resto lo completan las empresas medianas.

La AFIP advirtió que "la regularización mediante el presente régimen no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones".

Cómo serán los planes de cuotas anunciados por la AFIP

Por medio de la Resolución General 5.361/2023, publicada este martes en el Boletín Oficial, la AFIP instrumentó un plan de hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y el tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima de 5,9% mensual. En todos los casos, no será necesario realizar un pago a cuenta.

Los sujetos alcanzados por la norma comprenden a micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y pequeños contribuyentes; y la adhesión podrá realizarse hasta el 29 de septiembre de este año inclusive.

La cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago, se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los mismos y del tipo de plan.

Para pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas: 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones impositivas.

Para medianas empresas-tramo 1: 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 para aportes de la seguridad social y seis por retenciones y percepciones impositivas; y medianas empresas-tramo 2: 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y tres por retenciones y percepciones impositivas.