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AFIP confirmó que la presentación para el pago de Ganancias y Bienes Personales se extendió: hasta cuándo se puede hacer

Una vez más, el organismo amplió el plazo para presentar las declaraciones juradas y pagar ambos impuestos. Además, también aplicó la prórroga para que MiPyMes entreguen e ingresen saldos de esta última tasa.

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  • En el marco del debate del paquete oficial en el Senado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta agosto el plazo para presentar las declaraciones juradas y gestionar los pagos pendientes del impuesto a las ganancias y el Impuesto a los bienes personales.

    La entidad a cargo de Florencia Misrahi hizo oficial esta nueva prórroga para personas humanas a través de la Resolución General 5516/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial. Mientras tanto, a través de la RG 5515 también se prolongó el plazo para que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMes) presenten e ingresen el saldo proveniente de la declaración jurada de Bienes Personales sobre las acciones y participaciones societarias.

    Tal como explicitan ambos dictámenes en sus considerandos, esta nueva decisión se da a la espera de que el Congreso apruebe el trabado paquete fiscal -el cual se tratará el próximo miércoles en el Senado- que alterará las alícuotas de estos gravámenes para las MiPyMes.

    Teniendo en cuenta lo anterior, este proyecto fiscal también incluye grandes cambios en las escalas del Impuesto a las Ganancias y en la liquidación de Bienes Personales, por lo que AFIP aguarda por la aprobación del paquete para administrar estos gestiones. Según señaló AFIP este viernes, la prórroga a MiPyMes se explica para identificar "la reducción de alícuotas para contribuyentes cumplidores incluida en el paquete fiscal", actualmente en trámite en el Senado.

    Cuál es la nueva fecha de AFIP para presentar el pago de Ganancias y Bienes Personales

    Según publicó AFIP en el Boletín Oficial, los nuevos plazos para que personas humanas presenten las declaraciones juradas y hagan los pagos pendientes de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales se extendieron para fines de agosto. Las nuevas fechas por terminación del CUIT:

    Según la terminación del CUIT 0, 1, 2 y 3 la fecha de presentación y pago corresponden al lunes 26 de agosto del 2024. Mientras que los números 4, 5 y 6 corresponden al martes 27 de agosto del 2024 y finalmente el 7, 8 y 9 corresponden al miércoles 28 de agosto del 2024, inclusive.

    Por su parte, se extendió hasta mediados de agosto el plazo para que las MiPyMes presenten e ingresen el saldo resultante de la declaración jurada de Bienes Personales sobre las acciones y participaciones societarias. Las nuevas fechas según la terminación del CUIT:

    Esto beneficiaría a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que se consideren como contribuyentes cumplidores. Sin embargo, actualmente tanto el paquete fiscal como la Ley Bases tienen varias posibilidades de ser modificadas en el Senado y volver a la Cámara de Diputados, razón por la que AFIP extendió las fechas, aunque las modificaciones podrían no resultar válidas.

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