Advierten que el acuerdo comercial de la Argentina con EEUU "perdería sustento legal"

La Cámara de Exportadores señaló que la decisión de la Corte Suprema estadounidense, que anuló los aranceles de Donald Trump, "invalida la única concesión en materia de acceso a mercados que brindaba a nuestro país".

La Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) emitió un comunicado donde advirtió que el Acuerdo sobre Comercio e Inversiones Recíprocos (ARTI) entre Argentina y EEUU, firmado a principios de febrero, "perdería sustento legal", luego del fallo de la Corte Suprema estadounidense que anuló la mayoría de los aranceles globales fijados por el presidente Donald Trump.

La entidad calificó al fallo como "histórico" tanto por su dimensión como su alcance. El impacto afectará tanto a los aranceles por la crisis del fentanilo (Canadá, México y China) como a los gravámenes que oscilaban entre el 10% y el 41% adicional a casi todos los países del mundo.

En este marco, desde CERA aseguraron que implica "una disrupción significativa" a la política comercial del republicano, y advirtieron que se mantiene "el escenario de incertidumbre para el comercio internacional".

"En el 'Acuerdo sobre Comercio e Inversiones Recíprocos' (ARTI) entre Argentina y EEUU, anunciado en noviembre de 2025 y cuyo texto se publicó el pasado 05/02/26, el compromiso fundamental de EEUU era la reducción del arancel recíproco del 10% al 0% para 1.675 posiciones arancelarias", explicaron desde CERA, consiga la información de Ámbito.

Por ese motivo, la entidad de empresas exportadoras advirtió que el fallo judicial "invalida así la única concesión en materia de acceso a mercados que brindaba a nuestro país". "El acuerdo no contenía concesiones para Argentina en aranceles Nación Más Favorecida (NMF) ni mejoras para los bienes alcanzado por los aranceles de la Sección 232 (cuota o reducción arancelaria)", señalaron.

Argentina todavía no había presentado el acuerdo ARTI al Congreso para su aprobación, por lo que en este escenario, CERA advirtió que el texto "perdería sustento legal".

Punto por punto sobre el amplio acuerdo comercial anunciado por Estados Unidos con Argentina

  • Aranceles: "Los países abrirán sus mercados recíprocos para productos clave. Argentina otorgará acceso preferencial a los mercados estadounidenses para las exportaciones de bienes, incluidos ciertos medicamentos, productos químicos, maquinaria, productos de tecnología de la información, dispositivos médicos, vehículos automotores y una amplia gama de productos agrícolas. En reconocimiento del ambicioso programa de reformas de Argentina y sus compromisos comerciales, y en consonancia con el cumplimiento por parte de Argentina de los requisitos pertinentes de seguridad económica y de la cadena de suministro, Estados Unidos eliminará los aranceles recíprocos sobre ciertos recursos naturales no disponibles y artículos no patentados para uso farmacéutico. Además, Estados Unidos podrá considerar positivamente el efecto del Acuerdo sobre la seguridad nacional, incluso teniéndolo en cuenta al adoptar medidas comerciales en virtud de la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, enmendada (19 USC 1862). Asimismo, los países se han comprometido a mejorar las condiciones de acceso bilateral y recíproco a los mercados de carne de res".
  • Eliminación de barreras no arancelarias: "Argentina ha desmantelado numerosas barreras no arancelarias que restringían el acceso a su mercado, incluyendo las licencias de importación, garantizando así condiciones más equitativas para el comercio internacional. Con este Acuerdo, se ha comprometido a no exigir formalidades consulares para las exportaciones estadounidenses a Argentina. Asimismo, Argentina eliminará gradualmente el impuesto estadístico a los productos estadounidenses".
  • Normas y evaluación de la conformidad: "Argentina se está alineando con las normas internacionales en diversos sectores para facilitar el comercio. Argentina permitirá el ingreso de productos estadounidenses que cumplan con las normas estadounidenses o internacionales aplicables, las regulaciones técnicas estadounidenses o los procedimientos de evaluación de la conformidad estadounidenses o internacionales, sin requisitos adicionales de evaluación de la conformidad, y continuará eliminando las barreras no arancelarias que afectan el comercio en áreas prioritarias. Argentina aceptará la importación de vehículos fabricados en Estados Unidos que cumplan con las Normas Federales de Seguridad de Vehículos Automotores y las normas de emisiones estadounidenses, y aceptará los certificados de la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) y las autorizaciones previas de comercialización para dispositivos médicos y productos farmacéuticos".
  • Propiedad intelectual: "Argentina ha emprendido acciones contra un importante y notorio mercado regional de productos falsificados y seguirá reforzando la aplicación de la ley contra la falsificación y la piratería, incluso en el entorno digital. Asimismo, Argentina se ha comprometido a abordar los desafíos estructurales señalados en el Informe Especial 301 de 2025 de la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos, entre los que se incluyen los criterios de patentabilidad, el retraso en la tramitación de patentes y las indicaciones geográficas, así como a trabajar para armonizar su régimen de propiedad intelectual con las normas internacionales".
  • Acceso a los mercados agrícolas: "Argentina ha abierto su mercado al ganado bovino vivo estadounidense, se ha comprometido a permitir el acceso al mercado de las aves de corral estadounidenses en el plazo de un año y ha acordado no restringir el acceso al mercado de los productos que utilizan ciertas denominaciones para quesos y carnes. Argentina simplificará los procesos de registro de productos para la carne de res, los productos cárnicos, las vísceras y los productos porcinos estadounidenses, y no exigirá el registro de instalaciones para las importaciones de productos lácteos estadounidenses. Estados Unidos y Argentina tienen la intención de colaborar para abordar las barreras no arancelarias que afectan al comercio de alimentos y productos agrícolas".
  • Trabajo: "Argentina ha reafirmado su compromiso con la protección de los derechos laborales reconocidos internacionalmente. Además, adoptará e implementará una prohibición a la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso u obligatorio y reforzará la aplicación de la legislación laboral".
  • Medio ambiente: "Argentina se ha comprometido a adoptar medidas para combatir aún más la tala ilegal; fomentar una economía más eficiente en el uso de los recursos, incluso en el sector de los minerales críticos; y aplicar plenamente las obligaciones del Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre Subvenciones a la Pesca".
  • Alineación en materia de seguridad económica: "Argentina intensificará la cooperación con Estados Unidos para combatir las políticas y prácticas no mercantiles de otros países. Ambos países también se han comprometido a identificar instrumentos para armonizar sus enfoques en materia de control de exportaciones, seguridad de las inversiones, evasión arancelaria y otros temas importantes".
  • Consideraciones y oportunidades comerciales: "Argentina y Estados Unidos cooperarán para facilitar la inversión y el comercio de minerales críticos. Ambos países también acordaron trabajar para estabilizar el comercio mundial de soja".
  • Afrontar las empresas estatales y las subvenciones: "Argentina se ha comprometido a abordar las posibles acciones distorsionadoras de las empresas estatales y las subvenciones industriales que puedan tener un impacto en la relación comercial bilateral".
  • Comercio digital: "Argentina se ha comprometido a facilitar el comercio digital con Estados Unidos reconociendo a este último como jurisdicción adecuada, conforme a la legislación argentina, para la transferencia transfronteriza de datos, incluidos los datos personales, y absteniéndose de discriminar a los servicios o productos digitales estadounidenses. Argentina también se propone reconocer como válidas, según su legislación, las firmas electrónicas que sean válidas conforme a la legislación estadounidense".
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