La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo creado por el Gobierno nacional para reemplazar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), informó a partir de qué monto una billetera virtual o el banco deben informar los movimientos de un cliente al fisco. Las operaciones incluidas son transacciones, saldos y consumos de las personas.
A partir de qué monto una billetera virtual o el banco deben informar los movimientos de un cliente a ARCA
Mediante la Resolución General 5512/2024, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero informó a partir de qué montos los bancos y las billeteras virtuales deben informar al organismo. Conocé en qué afecta a los contribuyentes.
La medida y el ajuste surge a partir de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Además, es importante subrayar que los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1° de enero del 2025. Conocé los detalles.
A partir de qué montos ARCA comienza a controlar los movimientos bancarios o de billeteras virtuales
Desde el 1° de enero del 2025, ARCA comienza a controlar los movimientos bancarios o de billeteras virtuales. Esta medida no afecta en nada a los consumidores, simplemente es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas. Luego de la actualización, las operaciones que deben informarse son:
Las que superan los $600.000
- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$1.000.000:
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$2.000.000:
- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
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