La Ley de Etiquetado Frontal fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y se pondrá en marcha en dos etapas. Los productos, en tanto, deberán mostrar los octógonos negros.
La Ley de Etiquetado Frontal fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y se pondrá en marcha en dos etapas. Los productos, en tanto, deberán mostrar los octógonos negros.
La normativa tiene como obligación comunicar los valores máximos de azúcares, grasas y sodio que contienen los alimentos para promover información sencilla y visible a los consumidores.
Las grandes empresas tendrán entre 9 y 15 meses para acondicionar sus productos según la ley, mientras que para las Pymes el plazo será no menor a 18 y 24 meses.
Durante el primer periodo deberán incorporar los sellos de advertencia en la cara principal o en el frente de los envases de alimentos y bebidas. Esta identificación deberá estar presente en todos los productos que tengan:
Para la segunda etapa deberán incorporar el etiquetado frontal todos los productos que contengan:
Los valores máximos se fijaron de acuerdo al modelo de perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y se aplicarán a todos aquellos alimentos y bebidas no alcohólicas que en su proceso de elaboración hayan agregado en exceso azúcares, grasas, sodio, edulcorante y/o cafeína.