Una adolescente rechazó que su padre la cambie de colegio y la Justicia le dio la razón

El hecho ocurrió en Catamarca y la jueza basó su fallo en el "interés superior del niño", previsto por la ley.

En un fallo inédito y que marcó un precedente en el país, la Justicia de Catamarca impidió que un padre cambie de colegio a su hija tras el pedido de la adolescente.

En pleno proceso de divorcio, el hombre iba a quedar con la custodia de la menor y pretendía cambiarla de institución educativa, sin embargo, la joven concurrió al Poder Judicial de esa provincia para mostrarse en contra de esa decisión.

Ante este panorama, la jueza de Familia de Segunda Nominación, Olga Amigot Solohaga, basó su fallo en el “interés superior del niño” y le impidió a su papá que la cambie de escuela. Esta resolución es inédita en el país y marca un precedente histórico donde se escuche primero el pedido de los menores antes que el de los adultos con respecto a la educación.

La magistrada señaló que la medida la tomó para que se considere a las “niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos” con facultades para “participar en el proceso educativo” y que comprende “la elección del establecimiento de enseñanza, orientación de los estudios, actividades extra escolares, etc”.

Qué dice el fallo sobre el interés superior

En el artículo 3 de la Ley 26.061 de “Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes” destaca el “interés superior del niño” donde subraya que los menores tienen derecho “a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta”.

Al mismo tiempo, el artículo 24 les fija la facultad de “participar y expresar libremente su opinión en los asuntos que les conciernan y en aquellos que tengan interés”.

En tanto, en el artículo 26 del Código Civil y Comercial de la Nación se establece que “la persona menor de edad ejerce sus derechos a través de sus representantes legales”. “No obstante, la que cuenta con edad y grado de madurez suficiente puede ejercer por sí los actos que le son permitidos por el ordenamiento jurídico”, se agrega en el escrito.