Argentina es un país de muchísima historia. Tanto que, a pesar de que es común referirse al mismo de esa manera, no muchas personas saben que en realidad tiene tres nombres oficiales de cara al mundo, y uno extra que se utiliza solo en la sanción de leyes.
Uno de los nombres se remonta a la Revolución de Mayo de 1810, y los otros aparecieron en las décadas siguientes. En la actualidad, todos son válidos para designar al octavo país más grande del mundo. A continuación, te contamos con más detalles cuáles son las nominaciones de nuestro país según la Constitución Nacional.
Qué nombres tiene Argentina según la Constitución Nacional
El nombre de Argentina proviene del latín argentum, que significa "plata". El primer registro que se tiene de un término similar data de una pieza cartográfica de 1554, en que un explorador portugués denominó a la zona como "Terra Argentea".
Sin embargo, era común referirse a parte de lo que hoy es Argentina como "Río de la Plata", precisamente por el curso de agua. Hasta 1853, convivieron las designaciones Confederación Argentina y Provincias Unidas del Río de la Plata según los ideales políticos de quien mencionara el nombre.
En aquel año, la sanción de la Constitución Nacional que llega hasta el día de hoy (con cinco reformas) incluyó la denominación de República Argentina.
La misma es, en palabras sencillas, la ley suprema. Ella establece los derechos y garantías fundamentales de las personas y la forma de organizar los poderes del Estado.
En la Primera Parte del Capítulo Primero, hay 35 artículos que determinan cuál es el tipo de gobierno que adopta el país, el culto religioso y, entre otras cosas, cuáles son los tres nombres oficiales:
- Provincias Unidas del Río de la Plata,
- República Argentina,
- Confederación Argentina.
Los tres sirven de manera indistinta para la designación del Gobierno y territorio de las provincias. Por ello, aunque la costumbre es decir "República Argentina" o simplemente "Argentina", cualquiera de aquellos es válido para nombrar al país.
A ellos se suma la aclaración, en el artículo 35, de que se emplearán las palabras "Nación Argentina" en la formación y sanción de las leyes.
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