La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de 15 suplementos dietarios por ser ilegales. Mediante la Disposición 5884/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo detectó irregularidades en su fabricación por lo que no pueden garantizarse su trazabilidad ni sus condiciones de elaboración.
La investigación sobre los productos comenzó por la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que no cumplirían con la normativa alimentaria vigente. En particular porque en los rótulos se hace referencia a la Autoridad Sanitaria del Perú (DIGESA), y, tras una serie de consultas se constató que no constan antecedentes de registro de los productos, como así tampoco antecedentes de su ingreso al país.
Ante esta situación desde la ANMAT informaron que "por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República Argentina".
Por lo que el organismo determinó que ante a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales: "Toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los citados alimentos".