Ruta del dinero: la Cámara Federal revisará el sobreseimiento de Cristina Kirchner por pedido de asociación macrista

La agrupación Bases Republicanas fue aceptada como querellante en la causa del lavado de activos por la Sala II, por lo que la decisión del juez Sebastián Casanello será reexaminada.

La Cámara Federal de Apelaciones decidió revisar la decisión del juez Sebastián Casanello, quien sobreseyó a la vicepresidenta Cristina Kirchner en la causa de lavado de activos conocida como la Ruta del Dinero K.

La Sala II de la Cámara tuvo por querellante a la asociación civil Bases Republicanas, que se incorporó al proceso. Se habilita ahora su apelación contra el sobreseimiento a la vicepresidenta.

Casanello había dictado en junio el sobreseimiento a la vicepresidenta tras el pedido del fiscal Guillermo Marijuan. La medida había sido convalidada por la AFIP y la Unidad de Información Financiera (UIF). La causa es la que está condenado Lázaro Baez.

Llamativamente, la organización llamada Bases Asociación Civil, que sería Bases Republicanas, integrada por distintas personas vinculadas al macrismo, algunos de los cuales han sido funcionarios de ese gobierno, se presentó en la causa para ser tenida en cuenta como querellante, esto es, para poder impulsar el caso. Ahora, la Cámara la aceptó.

El camarista Mariano Llorens expresó: "La corrupción en sus diversidades, que busca instalarse en los organismos estatales, daña las economías públicas justamente por quienes tienen el deber de administrarlas con un fin beneficioso para la Nación, socava las instituciones y genera un daño concreto a la ciudadanía (víctima), que se ve reflejado en el deterioro de las oportunidades que, con mayor calidad, podría brindarle al conjunto de la sociedad. (Salud, Educación, Seguridad, etc.)".

El camarista Pablo Bertuzzi hizo mención a otra causa en la que esa asociación Bases fue aceptada como querallante y expuso: "Debo hacer mención, como ya ha señalado el Dr. Llorens, a la decisión adoptada en la causa CFP 714/2021/3/CA1 con fecha 30/08/2021, ocasión en la cual hemos sostenido que resulta procedente la constitución como parte querellante de la asociación que nos ocupa en supuestos en los cuales se ven conculcados derechos colectivos fundamentales de la sociedad en general, en la medida en que el objeto social de la organización de que se trate abarque la defensa y protección de tales garantías y que ello guarde relación con las particularidades de los hechos investigados".

En disidencia, Eduardo Farah manifestó: "Sin dejar de observar ni tener en cuenta los extremos relativos al tiempo y modo en que esta pretensión fue introducida (a más de diez años de iniciada la causa y cuando los acusadores legitimados habían pedido la definición de la última situación pendiente, instando al sobreseimiento de Cristina Kirchner, luego decretado por el magistrado), lo central pasa porque no están dadas las condiciones que fija la ley para que la solicitante sea tenida por querellante (art 82 bis Código Procesal Penal)".

"Esa cláusula está ceñida, expresamente, a 'procesos en los que se investiguen crímenes de lesa humanidad o graves violaciones a los derechos humanos'. El alcance que intenta asignar el apelante a dicha disposición, no se ajusta tampoco a la finalidad del legislador al incluirlo", concluyó.

El caso del lavado de activos

Lázaro Báez, sus hijos, Leonardo Fariña y otra quincena de personas fueron condenados en febrero del 2021 por el Tribunal Oral Federal 4 por haber lavado u$s55 millones. En febrero pasado, Casación confirmó la condena pero redujo la pena para Baez y consideró que la obra pública no fue el origen de los fondos que fueron objeto del delito.

Todos los imputados fueron beneficiados con reducciones de sus condenas, entre ellos los dos hijos varones de Báez: Martín, que había sido condenado a nueve años, pasó a seis y medio; Leandro, de cinco a tres en suspenso.

La situación de Cristina estaba en stand by, pero, sin acusadores en su contra, el juez Casanello dictó su sobreseimiento. La medida ahora será revisada.