La Cámara Nacional Electoral (CNE) declaró la nulidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025 emitido por el presidente Javier Milei. Esta norma buscaba transferir la facultad de otorgar la ciudadanía argentina desde el Poder Judicial hacia la Dirección Nacional de Migraciones, organismo dependiente del Ministerio de Seguridad. Según el fallo, el Ejecutivo excedió sus atribuciones constitucionales al avanzar sobre competencias que corresponden exclusivamente al Congreso de la Nación.
Revés judicial: la Cámara Electoral anuló el DNU que transfería la ciudadanía a Migraciones
El tribunal declaró inconstitucional la reforma por invadir materia electoral y no acreditar razones de urgencia. De esta forma, el otorgamiento de la nacionalidad argentina vuelve a ser una facultad exclusiva de los jueces federales.
Uno de los fundamentos centrales del tribunal fue que la ciudadanía no es un trámite meramente administrativo, sino que constituye un vínculo jurídico-político que habilita el ejercicio de derechos electorales, como el voto. En este sentido, la sentencia recordó que el artículo 99, inciso 3° de la Constitución Nacional prohíbe expresamente al Presidente dictar DNUs en materia electoral "bajo pena de nulidad absoluta e insanable". Los magistrados señalaron que modificar quién concede la nacionalidad altera el régimen de acceso a los derechos políticos, una materia vedada para este tipo de decretos.
Asimismo, la Cámara desmontó los argumentos del Gobierno sobre la supuesta necesidad de la medida, señalando que no se acreditó una "situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia" que impidiera el debate parlamentario ordinario. El Ejecutivo había alegado razones de oportunidad administrativa y conveniencia, pero el tribunal consideró que estas no constituyen una emergencia constitucional. El fallo advirtió que el objetivo del decreto era modificar de manera permanente el régimen legal vigente sin pasar por el cauce legislativo que exige la Carta Magna.
La decisión se originó a partir del caso de Liping Yang, un ciudadano de origen chino cuya solicitud de ciudadanía había sido rechazada en primera instancia por un juez de Entre Ríos basándose en el cuestionado decreto. La CNE no solo revocó ese rechazo, sino que utilizó el expediente para pronunciarse sobre la invalidez de la reforma de Milei, ordenando que el trámite continúe según la ley 346, que asigna la competencia a la justicia federal. De este modo, se garantizó que los tribunales mantengan el resguardo del principio de jerarquía normativa.
Finalmente, el tribunal dispuso notificar al Ministerio de Seguridad Nacional para que instruya a Migraciones a dar marcha atrás con la aplicación del decreto. Además, se comunicó la resolución a todos los jueces federales con competencia electoral del país con el fin de unificar criterios y evitar decisiones contradictorias en el fuero. Con este fallo, la justicia ratifica que el acceso a la condición de ciudadano argentino sigue siendo un proceso bajo control judicial y no una decisión del poder político de turno.
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