Otro revés para el Gobierno: la Justicia suspendió el DNU que declaró la esencialidad del transporte aéreo

Es una resolución del Juzgado del Trabajo N°42, a cargo del juez Ricardo Hierrezuelo, quien dispuso una medida cautelar contra los decretos 825 y 831 que correrá por los próximos tres meses.

La Justicia suspendió los decretos del Gobierno que declaraban como servicio esencial a la actividad aeronáutica y, de esta manera, hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) que encabeza Pablo Biró en medio del conflicto con los trabajadores.

El juez Ricardo Hierrezuelo, del Juzgado del Trabajo N°42, suspendió la aplicación de los decretos 825 y 831 por un plazo de tres meses. "Es una medida cautelar hasta que se dicte el fondo de la cuestión. No se decidió la inconstitucionalidad de los decretos, pero sí es importante porque los suspende", explicó la periodista Vanesa Petrillo en La Mañana por C5N.

"El fallo considera que la reglamentación podría llegar a ser contraria a la Constitución. APLA plantea que está en clara violación al derecho de huelga. La Justicia la suspende para este gremio, vale aclarar, pero es muy importante el antecedente. Sin duda es un cachetazo al gobierno de Milei", destacó.

El juez remarcó que "el derecho a huelga se encuentra expresamente reconocido en nuestro país" mediante el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. También señaló que, según los convenios internacionales vigentes, "la actividad aeronáutica civil aerocomercial no se encuentra entre los servicios esenciales enumerados".

JNT 47 Cautelar Suspensión Decretos 825 y 831 26-09-24

"La Justicia finalmente le da la razón a APLA", celebró el gremio en un comunicado difundido en redes sociales. "Como evidencia la permanente conducta de APLA, siempre en el marco del Estado de Derecho, contestaremos a cada ilegalidad con mayor convicción sobre las razones de nuestros reclamos", añadió.

También advirtió que "cada medida" tomada por el Gobierno en el marco del conflicto "pone en evidencia repetidamente" que se sitúa "como parte del mismo" y, por lo tanto, "confunde su función de poder público con la de empleador o, peor aún, con la de intereses distintos a los del Estado Nacional y el patrimonio público".

APLA señaló que esta situación "viola escandalosamente las normas vigentes y determina responsabilidad por ello. Una vez más, la razón y la ley están de nuestro lado", concluyó.

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