Reforma laboral: el Gobierno confirmó en Diputados que eliminará el artículo de licencias médicas

El jefe del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara baja, Gabriel Bornoroni, marcó que fue retirado debido a "los consensos y diálogos" con otros espacios. Fue luego de la presión de la oposición de cara al debate en el recinto.

El jefe del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara de Diputados, Gabriel Bornoroni, confirmó que el oficialismo retiró el artículo 44 del proyecto de reforma laboral, que regulaba las licencias médicas por enfermedad y habilitaba a los empleadores a reducir el sueldo que perciben los trabajadores en caso de ausencia por cuestiones de salud.

La polémica surgió a partir del artículo que modifica el régimen de ausencias por enfermedades o accidentes no laborales y que establece que, después de un determinado período, los trabajadores podrían percibir entre el 50% y el 75% del salario según tengan o no cargas familiares. La omisión de una diferenciación clara entre patologías graves y leves encendió las alarmas tanto en la oposición como en sectores dialoguistas.

Plenario comisiones Diputados
Diputados realizó un plenario de comisiones.

Diputados realizó un plenario de comisiones.

El ítem había sido incluido a último momento en el proyecto que obtuvo media sanción en el Senado y llamó la atención de legisladores opositores y aliados. Fue tan grande el inconformismo político que desde Provincias Unidas y otros espacios pidieron su exclusión e incluso pusieron en duda dar quorum para habilitar la sesión en el recinto.

En tanto, la jefa del bloque de La Libertad Avanza en el Senado, Patricia Bullrich, había reconocido que hubo un "error" en el texto y explicó que la intención era mantener la cobertura completa en casos de enfermedades graves, pero con mayores exigencias de certificación médica. Esa aclaración, sin embargo, no quedó reflejada en la redacción aprobada inicialmente.

La postura del PRO sobre el artículo de licencias por enfermedad de la reforma laboral

"La mejor manera de lograr la ley de modernización laboral es dando de baja el artículo 44", señaló en X el diputado Cristian Ritondo, que ya había condicionado el apoyo a la iniciativa.

El legislador había anunciado su respaldo al proyecto impulsado por el Gobierno, aunque anticipó que iba a buscar cambiar el polémico artículo sobre licencias por enfermedad y, además, revisar el esquema de financiamiento sindical.

"Desde el PRO no quedamos conformes con las modificaciones que se incorporaron a último momento en el régimen de licencias dentro de la reforma laboral. Tal como quedó redactado, el artículo puede terminar perjudicando a los trabajadores, especialmente en lo que respecta a licencias por enfermedad, porque reduce niveles de protección que hoy existen", destacó el legislador ante la consulta de Infobae.

Qué decía el artículo 44 de la reforma laboral que fue eliminado por el Gobierno

"ARTÍCULO 44.- Sustitúyese el artículo 208 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por el siguiente:

'Artículo 208: Plazos. Remuneración. Cada accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante un período de tres (3) meses, si su antigüedad en el servicio fuere menor de cinco (5) años, y de seis (6) meses si fuera mayor. En los casos que el trabajador tuviere carga de familia y por las mismas circunstancias se encontrare impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a seis (6) y doce (12) meses respectivamente, según si su antigüedad fuese inferior o superior a cinco (5) años.

La remuneración que en estos casos corresponda abonar al trabajador se liquidará conforme a la que perciba en el momento de la interrupción de los servicios, con más los aumentos que durante el período de interrupción fueren acordados a los de su misma categoría.

Sin perjuicio de lo expuesto, cuando la enfermedad o accidente derive de una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud, el trabajador percibirá el cincuenta por ciento (50%) de la remuneración calculada. En los casos de accidentes o enfermedades ajenas al trabajo que no encuadren en el párrafo anterior, el trabajador percibirá el setenta y cinco por ciento (75%) de la remuneración calculada'".

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